El Contribuyente
Síguenos
empty

En el limbo, amparos de IP por tope a deducibilidad

Ante la salida del ministro Juan N. Silva Meza, la propuesta de fallar a favor de las empresas que se ampararon contra el límite a las deducciones de prestaciones que les otorgan a sus trabajadores se frena hasta la llegada de los nuevos ministros. 




30 noviembre, 2015

La propuesta de declarar inconstitucional el límite a la deducción de las prestaciones sociales que las empresas pagan a sus trabajadores podría quedar en el olvido, ya que el ministro Juan N. Silva Meza, que la planteó, termina hoy su periodo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Para darle continuidad se necesita que algunos de los nuevos ministros propuestos por el Ejecutivo y ratificado por el Senado, vuelva a retomarla y sustentarla, consideraron fiscalistas consultados por el periódico El Universal. 

Advirtieron que con la salida del ministro Silva se podría perder la oportunidad de darle la protección constitucional a los patrones en uno de los temas más importantes derivados de las inconformidades de la reforma fiscal.

Desde 2014, se limitó a empresas la deducción, para efectos del Impuesto sobre la Renta (ISR), de pagos a trabajadores y que para ellos se consideren exentos de este gravamen.

Dichos pagos, sólo pueden ser deducidos de impuestos en 47% de su importe. En algunos casos, cuando las prestaciones exentas que se pagan a los trabajadores no disminuyan de un año a otro, se puede deducir 53%.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), explicó que la erogación de estas prestaciones es inevitable para los patrones, ya que éstas son obligatorias, ya sea por la propia Ley Federal del Trabajo o por haber sido pactadas en los contratos individuales o colectivos de trabajo.

Mediante su cuenta de Twitter, el fiscalista Herbert Bettinger dijo que espera que la Corte haga justicia de la inconstitucionalidad y se acepte la deducción de previsión.

En tanto, la SCJN publicó cinco proyectos para que sean discutidos en las próximas sesiones, a través de los cuales el ministro Silva Meza propone otorgar el amparo y protección de la justicia a empresas quejosas, en contra del artículo 28, fracción XXX, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, así como la regla I.3.3.1.16 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal para 2014.

Sin embargo, el proyecto sólo podría ser discutido por el ministro Silva en carácter de ponente (con información de El Universal).

 





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
reforma infonavit fovissste

¿Por qué el IMSS y el ISSSTE tienen aportaciones diferentes? La Suprema Corte lo explica

Ciberamenazas: Lo que los contribuyentes deben saber

¿Qué hago si un funcionario del SAT incurre en una mala práctica?

Por alza en impuestos, casinos de Nuevo León recaudan menos