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Ley FATCA, también en Argentina y Colombia

Mientras el gobierno de Buenos Aires pide a Estados Unidos reciprocidad en el intercambio de información, Bogotá ya firmó un acuerdo de intercambio de información fiscal con dicho país.




17 septiembre, 2015

El gobierno de Argentina negocia con Estados Unidos la reciprocidad del intercambio de información tributaria, en el marco de la llamada Ley FATCA.

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Fuentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmaron que esta entidad sería la encargada de firmar un Acuerdo Intergubernamental (IGA) para que no se vulneren leyes nacionales en materia tributaria y, sobre todo, para que el intercambio de información fiscal sea recíproco.

Esto, a pesar de que bancos y aseguradoras argentinas comenzaron a inscribirse desde 2014 ante las autoridades fiscales estadunidenses para proveerlas de información sobre las cuentas de sus ciudadanos. 

En marzo de 2010, Estados Unidos promulgó la ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero –FATCA por sus siglas en inglés (Foreign Account Tax Compliance Act)–, que comenzó a regir el primero de julio del año pasado.

Mediante esta norma, la Unión Americana requiere a las entidades bancarias de otros países que reporten cada año las cuentas de ciudadanos estadunidenses, que posteriormente serán revisadas por el Servicio Interno de Rentas (Internal Revenue Service, IRS) para comprobar que no hay evasión fiscal.

El gobierno de la presidenta Cristina Fernández quiere que el convenio sea recíproco para que los bancos de Estados Unidos también informen sobre las cuentas de ciudadanos argentinos, pero todavía no alcanzan un acuerdo.

Sin embargo, la FACTA avanza y en 2014 más de 400 entidades financieras y aseguradoras argentinas se registraron ante las autoridades tributarias de Estados Unidos para evitar la retención de 30% de su renta, ya que esa es la sanción prevista.

El Banco Central de Argentina publicó en septiembre del año pasado un decreto de intercambio recíproco de información fiscal, pero en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

“En el ámbito del mercado financiero en general y con alcance transnacional se verifica, desde el marco de la OCDE, consensos para que los países asuman el compromiso de colaborar en el suministro recíproco de información sobre materia tributaria, lo que se vincula coincidentemente con el objeto de la ley de cumplimiento fiscal de cuentas extranjeras de los Estados Unidos de América”, se anota en el decreto.

Así, la Comisión Nacional de Valores resolvió, con base en la “Declaración sobre intercambio Automático de Información en Asuntos Fiscales” firmado por Argentina, implementar el nuevo estándar referido al intercambio de información de cuentas financieras desarrollado por la OCDE.

El decretó también señala que, debido a las disposiciones vinculadas con la Ley FACTA de Estados Unidos, “los agentes registrados deberán arbitrar las medidas necesarias para identificar a los titulares de cuentas alcanzados por dicho estándar”.

Y Colombia, ya

Por su parte, los gobiernos de Colombia y Estados Unidos firmaron ya el Acta de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (FATCA, por sus siglas en inglés).

El acuerdo fue suscrito por el embajador de Estados Unidos en Colombia, Kevin Whitaker, y el ministro de Hacienda de Colombia, Mauricio Cárdenas, a fin de “luchar contra la evasión de impuestos en el extranjero y promover la transparencia mediante el intercambio de información fiscal”.

El acuerdo permite que información sobre contribuyentes estadunidenses en Colombia sea referida por las instituciones financieras a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN).

La DIAN como organismo encargado de la tributación en Colombia, transferirá esa información al Servicio de Recaudación de Impuestos (IRS, por sus siglas en inglés) en los Estados Unidos.

La DIAN recibirá información sobre propiedades de contribuyentes colombianos en instituciones financieras en Estados Unidos. Este intercambio de información se hace respetando la confidencialidad de información por ambas partes.

La FATCA requerirá a “instituciones financieras extranjeras que reporten al IRS, a través de la DIAN, información sobre cuentas financieras a nombre de contribuyentes estadunidenses o de entidades extranjeras en las que contribuyentes estadunidenses tengan un interés de propiedad sustancial”, apuntó el documento.

Las instituciones financieras colombianas tienen la obligación de comunicarse con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN) con respecto a la implementación del acuerdo intergubernamental con Estados Unidos.

El gremio bancario una vez fue notificado de este acuerdo inició una campaña entre sus clientes para explicar qué es la FATCA, especialmente a los ciudadanos de Estados Unidos por nacimiento o naturalización.

El grupo financiero Las Villas, por ejemplo, recordó que los residentes fiscales (quienes tienen tarjeta de residencia Green Card o cumplen el requisito de presencia sustancial mayor a 183 días en los últimos tres años) están sujetos a entregar la información que les sea requerida.

Las sociedades constituidas en Estados Unidos o de conformidad con la legislación de ese país, y las sociedades que tengan al menos un accionista o beneficiario real considerado U.S. Person con participación accionaria mayor o igual al 10% de la sociedad, entran en la zona del acuerdo.

En principio, la Ley FATCA “no tendrá ninguna afectación para las personas naturales o jurídicas de nacionalidad colombiana, que realicen operaciones internacionales (importación, exportación y giros) con ciudadanos estadunidenses”, señaló el grupo en su manual sobre el acuerdo.

Sin embargo, advirtió que “si el cliente eligiera no contestar a los pedidos de información del banco, para asistirlo en la determinación de su condición tributaria, las acciones a seguir se ajustarán a la normatividad legal y a las regulaciones bancarias y tributarias aplicables en Colombia” (con información de Notimex).





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