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10 malas prácticas del SAT

Estas son algunas de las irregularidades que la Prodecon detectó en la forma cómo la autoridad fiscal persigue a los contribuyentes




14 mayo, 2015

Más que invitados, los contribuyentes se sienten intimidados al recibir mensajes de las autoridades fiscales para cumplir con sus obligaciones, dio a conocer la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

Aunque en términos de recaudación, el cobro persuasivo parece generar buenos resultados según el Sistema de Administración Tributaria (SAT): 4 mil millones de pesos durante el primer trimestre de 2015, la realidad es que los mecanismos que se utilizan para “persuadir” intimidan.

La Prodecon detectó diez prácticas, mediante las que, en vez de persuadir o invitar al contribuyente al cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias, se realizaron actos de cobro coactivo y fiscalización que se apartan de lo que establece la ley.

1. Citar en sus oficinas al contribuyente o por teléfono, para que aclare “inconsistencias” respecto a sus ejercicios, usando como fundamento expresiones abstractas y genéricas, como que se detectaron “comportamientos atípicos” en vez de decir qué omisiones se cometieron.

2. En las comparecencias, al contribuyente sólo se le explica de manera verbal las presuntas irregularidades, sin que consten en un documento escrito.

3. Presionar al contribuyente a firmar una declaración en la que se compromete a autocorregirse en los términos que la autoridad pretende.

4. Impedir el acceso a los asesores del contribuyente cuando éste es citado para alguna acción de cobro persuasivo.

5. Invocan preceptos legales que contemplan procedimientos que no se están llevando a cabo efectivamente. Ejemplo: en las cartas invitación por depósitos en efectivo se cita el fundamento legal de la discrepancia fiscal, sin que la autoridad haga tal procedimiento.

6. No exponer en forma clara y objetiva las acciones que debe llevar a cabo el contribuyente para aclarar su situación, ni mencionarle sus derechos.

7. Señalar a su arbitrio el plazo perentorio para atender la “invitación” y entregar los documentos o informes solicitados.

8. Solicitar de forma excesiva y onerosa documentos e informes fuera de facultades de comprobación, lo que en realidad constituye una acción de fiscalización y no de persuasión.

9. Adjuntar a las solicitudes mencionadas formatos no oficiales diseñados por la propia autoridad para que el contribuyente los llene, trasladándole la carga de auto auditarse.

10. Notificar a los contribuyentes propuestas de pago sin sin especificar cómo establecieron tales montos.

La Prodecon solicitó a la autoridad fiscal adoptar un protocolo que norme las actuaciones de cobro persuasivo, incorporando las mejores prácticas y el respeto irrestricto de los derechos del pagador de impuestos.





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