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¿Saldrás del país? El SAT quiere saberlo

A partir de este año, quienes lleguen al país y quienes salgan de él deberán informar a la autoridad fiscal sobre sus movimientos




9 febrero, 2015

Tanto los mexicanos que viajen al extranjero como los turistas que pretendan ingresar al país formarán parte de una base de datos que las aerolíneas deberán entregar al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con la Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2014, las aerolíneas deberán entregar al SAT, la siguiente información de cada pasajero:

  1. Código localizador del registro (PNR).
  2. Fecha de reservación/expedición del boleto.
  3. Fecha del viaje.
  4. Nombre y primer apellido del pasajero y/o acompañantes.
  5. Información disponible de pagos.
  6.  Itinerario de viaje para PNR específico.
  7. Información de código.
  8. Nombre de la agencia de viaje o agente de viaje.
  9. Información de contacto disponible.
  10. Información disponible sobre viajero frecuente y beneficios (ej. Boletos gratis, cambio de categorías, etc.).
  11. Información partida/dividida (Cuando la reservación abarque 2 o más personas y alguno(s) de ellos cambie(n) de ruta o vuelo diferente del resto del grupo, se debe registrar el nombre e itinerario por cada código de PNR).
  12. Estado del viaje del pasajero.
  13. Información de registro (incluyendo el número de boleto, boletos unidireccionales y cotización automatizada de tarifas de boletaje).
  14. Información de equipaje.
  15. Información de asiento.
  16. Observaciones generales de información sobre servicios especiales requeridos por el pasajero.
  17. Información anticipada de pasajeros.
  18. Información histórica sobre cambios al PNR.

 

Con base en el documento, publicado el pasado 29 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la información de los pasajeros se transmitirá 72 horas previas al despegue del avión y se actualizará dentro de las 48, 24 y 8 horas anteriores al despegue de la aeronave.

En tanto, al momento del cierre del vuelo la aerolínea deberá registrar en la página electrónica del SAT la siguiente información: número de vuelo, fecha y hora de salida/arribo, aeropuerto origen/destino, número de asiento, información del pasajero, número de maletas, registro de cada maleta, peso del equipaje, destino, estatus, orden en el registro, así como el código localizador de reportes PNR, incluido en los datos de información de pasajero y la clave de la aerolínea. 





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