Avala SCJN amparos contra el buzón tributario
Hasta ahora se han promovido más de 11 mil 600 juicios contra el uso de la aplicación
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los amparos interpuestos por 11 mil 629 contribuyentes que tienen problemas para emplear el buzón tributario y enviar su contabilidad de forma electrónica. Estas suspensiones entrarán en vigor cuando el uso de la aplicación sea obligatorio.
Debido a ello, la autoridad tributaria no podrá enviar electrónicamente requerimientos, solicitudes de información o avisos de auditoría a los pagadores de impuestos que se amparen a partir de ahora o que ya se ampararon.
Para que la suspensión de estas obligaciones sea definitiva será necesario que la Corte declare inconstitucionales estos artículos
Con una votación de tres votos a favor y dos en contra, la Segunda Sala de la SCJN determinó que sí procede conceder la suspensión contra la aplicación y ejecución de los artículos 17 K y 28, fracción IV, del Código fiscal de la federación, que hacen obligatorio emplear el buzón tributario para mantener comunicación con el SAT y para enviar mensualmente la información contable.
De acuerdo con el fiscalista Luis Pérez de Acha, para que la suspensión de estas obligaciones sea definitiva será necesario resolver los amparos y que la Corte declare inconstitucionales estos artículos, lo que podría suceder a mediados de 2015.
La decisión de la Corte pone fin a la controversia que existía entre Tribunales colegiados de circuito sobre si tenían facultades para otorgar amparos contra el uso del buzón tributario y el envío de la contabilidad electrónica y da certeza sobre los más de 11 mil 600 amparos promovidos por contribuyentes.
Este amparo no exime a los contribuyentes de presentar sus declaraciones mensuales o responder a requerimientos de la autoridad fiscalizadora a través de otros medios, tales como el correo o la entrega física en las oficinas hacendarias.
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