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Avala SCJN amparos contra el buzón tributario

Hasta ahora se han promovido más de 11 mil 600 juicios contra el uso de la aplicación




27 noviembre, 2014

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló los amparos interpuestos por 11 mil 629 contribuyentes que tienen problemas para emplear el buzón tributario y enviar su contabilidad de forma electrónica. Estas suspensiones entrarán en vigor cuando el uso de la aplicación sea obligatorio.

Debido a ello, la autoridad tributaria no podrá enviar electrónicamente requerimientos, solicitudes de información o avisos de auditoría a los pagadores de impuestos que se amparen a partir de ahora o que ya se ampararon.

Para que la suspensión de estas obligaciones sea definitiva será necesario que la Corte declare inconstitucionales estos artículos

Con una votación de tres votos a favor y dos en contra, la Segunda Sala de la SCJN determinó que sí procede conceder la suspensión contra la aplicación y ejecución  de los artículos 17 K y 28, fracción IV, del Código fiscal de la federación, que hacen obligatorio emplear el buzón tributario para mantener comunicación con el SAT y para enviar mensualmente la información contable.

De acuerdo con el fiscalista Luis Pérez de Acha, para que la suspensión de estas obligaciones sea definitiva será necesario resolver los amparos y que la Corte declare inconstitucionales estos artículos, lo que podría suceder a mediados de 2015.

La decisión de la Corte pone fin a la controversia que existía entre Tribunales colegiados de circuito sobre si tenían facultades para otorgar amparos contra el uso del buzón tributario y el envío de la contabilidad electrónica y da certeza sobre los más de 11 mil 600 amparos promovidos por contribuyentes.

Este amparo no exime a los contribuyentes de presentar sus declaraciones mensuales o responder a requerimientos de la autoridad fiscalizadora a través de otros medios, tales como el correo o la entrega física en las oficinas hacendarias. 





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