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Nuevo complemento en CFDI para vender gasolina y diésel

Nuevo complemento en CFDI validará tu autorización; sin permiso vigente: no hay factura electrónica.



Nuevo complemento en CFDI para vender gasolina y diésel
El Contribuyente
27 marzo, 2026

A partir del 24 de abril de 2026, quien venda gasolina o diésel necesitará algo nuevo. Un complemento dentro del CFDI que demuestre que tiene permiso vigente de la Comisión Nacional de Energía.

No es requisito nuevo de trámite. Es requisito nuevo en la factura electrónica. Si no cumples, no puedes emitir CFDI por venta de combustibles.

El gobierno lanzó esto el 27 de marzo de 2026. Es parte de estrategia conjunta contra mercado ilícito de combustibles, robo y contrabando técnico.

¿Cuál es el nuevo complemento?

Se llama “Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrólíferos”. Forma parte del CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet).

Es decir: cuando emites factura electrónica por venta de gasolina, diésel o gasolina premium, el sistema debe incluir un complemento adicional. Ese complemento valida que tú tienes permiso vigente.

¿Cómo funciona? El sistema SAT consulta automáticamente si tu nombre de empresa está en padrón de CNE (Comisión Nacional de Energía) con permiso vigente. Si estás, el CFDI se emite. Si no estás o permiso venció, no se puede emitir.

¿Quiénes están obligados?

Cualquier establecimiento que venda o comercialice:

• Gasolina regular
• Gasolina premium
• Diésel

Si tu negocio es estación de servicio, tiendita que vende garrafones, mini-refaccionaria con combustible, o cualquier venta de estos tres productos: te afecta.

¿Qué es el permiso de CNE?

La Comisión Nacional de Energía es quien autoriza a personas físicas y morales a comercializar combustibles. Sin permiso de CNE, no puedes vender gasolina ni diésel legalmente.

Este permiso es independiente del SAT. No es permiso fiscal. Es permiso ambiental y de comercialización de combustibles.

Muchos comerciantes lo tienen. Otros no. Algunos lo tienen pero venció y no se dieron cuenta.

¿Qué pasa si tu permiso CNE venció?

A partir del 24 de abril, no puedes emitir CFDI por combustibles sin permiso vigente.

Resultado: clientes no pueden registrar compras en SAT. Tú no puedes facturar. El negocio se congela fiscalmente.

Por eso el gobierno invita a todas las personas permisionarias a verificar estado de sus permisos antes del 24 de abril. Aún hay tiempo de regularizar.

¿Cómo verificar si tu permiso está vigente?

Portal oficial: https://www.cne.gob.mx/Permisos

Pasos:

Uno: Entra al sitio de CNE. Busca sección de Permisos.

Dos: Ingresa datos de tu empresa (RFC, nombre o número de permiso si lo tienes).

Tres: Sistema te muestra estatus. Vigente o vencido.

Cuatro: Si está vigente, estás bien. Si está vencido o no aparece, contacta a CNE para regularizar antes de 24 de abril.

¿Cuál es el objetivo de esta medida?

Combatir tres problemas:

Problema 1: Mercado ilícito de combustibles. Gasolineras clandestinas que venden combustible robado o falsificado. Al exigir permiso vigente, reduce estos operadores.

Problema 2: Robo de combustibles. Personas que roban gasolina y diésel. Sin CFDI no pueden comercializar.

Problema 3: Contrabando técnico. Combustibles importados ilegalmente o adulterados.

El gobierno busca que sea imposible vender combustible sin pasar por validación oficial. Así controla quién vende qué y cuánto.

¿Quiénes crearon esta medida?

Trabajo conjunto de:

SAT (Servicio de Administración Tributaria) – lado fiscal
SENER (Secretaría de Energía) – lado energético
CNE (Comisión Nacional de Energía) – permisos y comercialización
ATDT (Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones) – sistema técnico

Es una acción coordinada entre múltiples instituciones. No es solo iniciativa del SAT.

¿Qué significa para gasolineras grandes?

Las gasolineras formales, grandes, con permisos al día: poco cambio. Cumplen requisitos. CFDI se emitirá sin problema.

Pero sí deben verificar que permiso de CNE esté vigente. Verificar antes del 24 de abril.

¿Qué significa para comerciantes pequeños?

Más importante aún. Si vendes combustibles y no tienes permiso vigente: en 24 días ya no puedes vender con CFDI. Es urgente verificar.

Si tu permiso venció: tramitar renovación. Si no tienes: gestionar autorización con CNE.

Si no actúas: el 24 de abril tu sistema de punto de venta no podrá emitir CFDI por combustibles. Clientes irán a otro lado.

¿Y qué pasa con las ventas sin CFDI?

Técnicamente: si no tienes permiso, no deberías vender. Si vendes sin CFDI (en efectivo, sin factura), estás operando ilegalmente.

Riesgo: inspecciones, multas, clausura.

¿Cuándo empieza?

24 de abril de 2026. Faltan menos de un mes desde el comunicado (27 de marzo).

Es plazo corto. Por eso gobierno emitió comunicado anticipado. Para que tengas tiempo de verificar y regularizar si es necesario.

¿Qué debo hacer ahora?

Uno: Si vendes combustibles, entra a https://www.cne.gob.mx/Permisos. Verifica estado de tu permiso.

Dos: Si está vigente, anota fecha de vencimiento. Marca calendario para renovar antes de que venza.

Tres: Si está vencido, contacta a CNE inmediatamente. Tramita renovación con urgencia.

Cuatro: Si no tienes permiso pero vendes combustibles, contacta a CNE para gestionar autorización formal.

Cinco: Comunica a tu equipo de punto de venta. El sistema de facturación necesitará estar actualizado para nuevo complemento.

Seis: Avisa a clientes si estás en trámite de regularización. Transparencia genera confianza.

24 de abril es fecha clave

El 24 de abril de 2026 entra en vigor un nuevo mecanismo de control. Si vendes gasolina, gasolina premium o diésel sin permiso vigente de CNE: no puedes emitir CFDI.

No es cambio en ley. Es cambio en sistema de facturación. Pero efecto es mismo: sin CFDI no hay operación fiscal válida.

Tiempo para actuar es ahora. Antes del 24. Verifica tu permiso. Regulariza si es necesario. El gobierno avisó con tiempo. Es momento de cumplir.





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