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Conoce las reglas fiscales para manejar gastos por cuenta de terceros en 2024

Descubre las reglas fiscales para manejar gastos por cuenta de terceros en 2024, incluyendo plazos para reintegrar montos no utilizados y requisitos de comprobación ante el SAT



¿El SAT cobrará Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) en 2021?
(Imagen: El Contribuyente)
27 diciembre, 2024

En México, los gastos por cuenta de terceros son aquellos realizados por una persona o empresa en nombre de otra, donde el beneficiario final no es quien realiza el pago. Estas operaciones son comunes en contextos comerciales, administrativos o fiscales y tienen implicaciones importantes en la comprobación y deducción fiscal.

La Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2024, en su Regla 2.7.1.12., establece los lineamientos para estos gastos, lo que ha generado retos prácticos en su implementación. La regulación contempla dos esquemas principales:

  • Cuando las erogaciones son realizadas por el tercero y luego reembolsadas.
  • Cuando se entregan recursos al tercero para que posteriormente efectúe los gastos.

Requisitos para la reintegración de cantidades no utilizadas

En el caso de que se entreguen recursos a un tercero para gastos futuros, las cantidades no utilizadas deben ser devueltas al contribuyente a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fiscal. Si los recursos fueron entregados en diciembre, podrán ser reintegrados hasta el 31 de marzo del año siguiente. Si este plazo se excede, el monto se considerará como ingreso acumulable y deberá emitirse un CFDI por dichas cantidades.

Además, el tercero que realiza los pagos debe expedir un CFDI con el complemento “Identificación del recurso y minuta de gasto por cuenta de terceros”. Este documento debe detallar las cantidades recibidas, los gastos efectuados, los comprobantes de dichos gastos y cualquier remanente devuelto al contribuyente.

Regulación para fedatarios públicos y otros intermediarios

La Regla 2.7.1.42., que aplica para gastos realizados por fedatarios públicos, agentes aduanales o navieros, establece un tratamiento similar. También obliga a estos terceros a emitir un CFDI con el complemento correspondiente y a devolver los montos no utilizados en los mismos plazos.

Estas disposiciones subrayan la importancia de que tanto los contribuyentes como los terceros comprendan las reglas aplicables y planeen adecuadamente sus cierres fiscales para 2024.

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