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¿Qué sucede si la CLABE ingresada para la devolución de impuestos es errónea?

La autoridad no puede automáticamente negar la obligación de pago del saldo a favor con el único argumento que los datos de la CLABE son erróneos



Así se acreditan los traspasos entre cuentas bancarias de un contribuyente, si el SAT presume que son ingresos
(Imagen: El Contribuyente)
21 mayo, 2024

El registro de la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en declaración anual de impuestos, es importante para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pueda depositar las devoluciones de impuestos.

Es posible que durante el llenado de la declaración anual una persona ingrese una CLABE errónea al momento de solicitar su devolución, de acuerdo con un análisis de Fiscalia.

¿Qué sucede si la CLABE ingresada es errónea?

En este caso, la consultora indica que un criterio de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), señala que es responsabilidad de la autoridad fiscal verificar que los datos del contribuyente sean correctos.

De acuerdo con el Criterio Jurisdiccional 35/2015 de la Prodecon, “la autoridad fiscal está obligada a verificar los datos de la cuenta bancaria que el contribuyente proporciona, que sea titular y se encuentre activa, en caso contrario, tiene la obligación de requerir al contribuyente para aclarar dichos datos”.

Por eso, el criterio indica que la autoridad no puede automáticamente negar la obligación de pago del saldo a favor con el único argumento que los datos de la CLABE son erróneos. En caso de efectuar el depósito del saldo a favor a una cuenta bancaria que no corresponde a las propias del contribuyente, la autoridad deberá, aún así, depositar al contribuyente que era efectivamente acreedor del saldo a favor.

Respecto al punto anterior, dentro del criterio citado se identifica que la autoridad cuenta con los sistemas y bases de datos a través de los cuales está en posibilidad de conocer la CLABE del contribuyente con el objetivo de verificar los datos proporcionados y, en su caso, requerir la aclaración.

El proceder de forma contraria significaría que la autoridad meramente aprobaría cualquier saldo a favor sin confirmar los datos que contengan las solicitudes, lo cual no es el caso.

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