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10 preguntas frecuentes de la declaración anual de personas morales 2024

El SAT respondió dudas de temas como la aplicación de pérdidas fiscales, reflejo de pagos provisionales, manejo de deducciones autorizadas entre otros temas



Preguntas y respuestas sobre los esquemas reportables
(Imagen: El Contribuyente)
23 febrero, 2024

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó un documento con las preguntas frecuentes de la declaración anual de personas morales por el ejercicio 2023.

El documento es importante por la serie de aclaraciones que hace con respecto a temas diversos como aplicación de pérdidas fiscales, reflejo de pagos provisionales, manejo de deducciones autorizadas, aplicación de estímulos fiscales, entre otros.

El documento contiene, entre otras, las siguientes preguntas y respuestas:

1. ¿Cuál es la fecha de corte de la información que se encuentra prellenada en la declaración anual para personas morales?

Una vez que termines de configurar tu declaración, se muestra una ventana en la que se indican las fechas de corte de la información prellenada. Dicha ventana contiene los cortes de información para los pagos provisionales y entero de retenciones de la declaración anual inmediata anterior y de los CFDI de nómina, según corresponda.

Es importante considerar que, si presentaste una declaración complementaria de pagos provisionales, entero de retenciones o de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior y en dichas declaraciones se generó una cantidad a pagar, debes esperar 48 horas contadas a partir de que realices el pago correspondiente para que se actualice tu información. En caso de que no se hubiera generado una cantidad a pagar, debes esperar 24 horas contadas a partir de la presentación de la declaración.

Ahora bien, tratándose de CFDI de nómina, la información contenida en los mismos se actualiza dos semanas después a la fecha de la nueva emisión.

2. Si no concluí con el llenado y envío de mi declaración el mismo día, ¿debo capturar mi información nuevamente desde el inicio?

No, tu declaración se guardará por un periodo de 30 días naturales en el formulario de manera temporal. La herramienta Declaración Anual te muestra la información relativa a la fecha y hora de creación y última actualización de dicho formulario.

3. Presenté dos declaraciones complementarias respecto del mismo periodo, el mismo día y pagué la primera de ellas, sin embargo, los aplicativos de pagos provisionales y de la Declaración Anual no reconocen el pago, ¿qué debo hacer?

A fin de que el aplicativo Declaraciones y Pagos actualice tu información, debes presentar una declaración complementaria de modificación de obligaciones, la cual prellena automáticamente el pago que realizaste.

Es importante señalar que la información manifestada en dicha declaración complementaria se verá reflejada en tu Declaración Anual en un plazo de 24 horas contadas a partir de la presentación de la declaración, o bien, de 48 horas contadas a partir del pago, si resultó cantidad a pagar.

4. En el ejercicio 2023 requiero presentar una declaración del ejercicio por terminación anticipada porque estoy por iniciar la liquidación, fusión o escisión de mi sociedad, ¿cómo debo presentarla?

Para presentar tu declaración del ejercicio por terminación anticipada, en el apartado “Configuración de la declaración”, selecciona la opción que corresponda en el campo “Ejercicio” y en el campo “Periodo” selecciona la opción “Del Ejercicio por Terminación Anticipada” y posteriormente selecciona el “Último periodo a declarar”.

5. ¿Qué pasos debo seguir para presentar la información de mis estados financieros a través de la herramienta Declaración Anual?

En el apartado “Configuración de la declaración”, subapartado “Obligaciones a declarar”, responde “No” a la pregunta “¿Estás obligado a dictaminar estados financieros en términos del 32-A del CFF?”, en su caso, responde “No” a las preguntas “¿Optas por dictaminar tus estados financieros en términos del 32-A del CFF?” y posteriormente, responde “No” a la pregunta “¿Estás obligado a presentar la información sobre tu situación fiscal, de acuerdo al artículo 32-H del CFF?”. Después, da clic en “SIGUIENTE” y selecciona el botón “Estados financieros”.

6. Al presentar mi declaración anual, por error respondí “Sí” a la pregunta “¿Estás obligado a dictaminar estados financieros en términos del 32-A del CFF?” y al intentar presentar una declaración complementaria de modificación de obligaciones el aplicativo no me permite modificar la opción seleccionada, ¿qué debo hacer?

Para modificar la respuesta seleccionada, debes dejar sin efectos la declaración presentada, posteriormente presenta una declaración complementaria de tipo ‘Obligación no presentada’ y responde “No” a la pregunta “¿Estás obligado a dictaminar estados financieros en términos del 32-A del CFF?”.

7. ¿Qué información considera la herramienta Declaración Anual para realizar el prellenado del campo “Total de ingresos”?

El campo “Total de ingresos” se prellena con la información de los pagos provisionales que presentaste y que, en su caso, pagaste durante el ejercicio que declaras. Al dar clic en “DETALLAR” visualizas la pestaña “Ingresos de pagos provisionales” donde encuentras las especificaciones de las declaraciones de pagos provisionales que se presentaron durante el ejercicio, con la información relativa al número de operación y fecha de presentación de la declaración de que se trate.
La información que se muestra en el campo “Total de ingresos” no se puede modificar a través de la herramienta Declaración Anual, si requieres realizar algún cambio, debes presentar declaraciones complementarias de los pagos provisionales correspondientes.

8. Si omití acumular ingresos en mis pagos provisionales, ¿puedo realizarlo a través de la declaración anual?

No, para ello debes presentar una declaración complementaria del pago provisional que corresponda y manifestar los ingresos de manera correcta.

9. Si requiero disminuir mis ingresos en mis pagos provisionales, ¿puedo realizarlo a través de la declaración anual?

No, para ello debes presentar una declaración complementaria del pago provisional correspondiente y disminuir los ingresos que requieras.

10. ¿Qué tipo de ingresos son los que puedo manifestar en el campo “Ingresos que solo se acumulan en la Declaración Anual”?

Todos aquellos ingresos que conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta se acumulan hasta la declaración anual, por ejemplo:

  • Estímulos fiscales acumulables.
  • Utilidades distribuidas por fideicomisos.
  • Ajuste derivado por precios de transferencia de partes relacionadas.
  • Ingresos por fideicomisos inmobiliarios.
  • Ganancia por enajenación total del activo.
  • Opción de acumulación de ingresos por cobro total o parcial del precio.
  • Ingresos por inicio de operaciones.

Puedes ver el documento que publicó el SAT aquí.

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