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Conoce algunos cambios fiscales que las empresas deben considerar en 2024

Estos son algunos de los cambios fiscales que las empresas deben atender para estar al corriente con el SAT en el año que inicia



Conoce algunos cambios fiscales que las empresas deben considerar en 2024
El Contribuyente
12 enero, 2024

En 2024, las empresas se deben preparar para adaptarse a los cambios fiscales y poder cumplir sus obligaciones como se debe.

Los cambios fiscales que las empresas deben atender para estar al corriente con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Cambios fiscales 2024 para empresas

En el texto se exponen los siguientes cambios fiscales para 2024, que se deben tener bajo la lupa para un buen manejo de los negocios:

  • IEPS: El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios continuará con estímulos fiscales para las empresas que adquieran e importen biodiesel, diésel y derivados, siempre que estos sean utilizados para el funcionamiento de maquinaria y no transportes, es decir, aplica incluso para vehículos dedicados al ramo agropecuario y silvícola. Este estímulo también será aplicable para los contribuyentes que usen combustible en vehículos dedicados exclusivamente a transporte público o privado.
  • Impuestos: Tomando en cuenta que el gobierno se concentrará en hacer más eficiente la recaudación y no en aumentar los impuestos, el IEPS para refrescos, gasolinas y cigarros aumentará un 7.35% por motivo de la inflación, así que para quienes se dediquen a estas industrias tendrán que apartar un monto para pagar estos conceptos.
  • CFDI: Si bien, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) no tendrán un cambio como tal, se deberá poner especial atención en la emisión de estos, porque el SAT monitoreará el cumplimiento de las obligaciones fiscales de personas físicas y morales.

¿Qué pasa si tienes multas?

Con el objetivo de regularizar las aportaciones de los contribuyentes, “el SAT aplicará un paquete de estímulos fiscales que incluirá el descuento del 50% ante multas por incumplimiento en el pago de impuestos”, no obstante, esto debe provenir de una contribución de la persona que cometió la falta.

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