El Contribuyente
Síguenos
empty

Empleadores aún pueden sustituir los CFDI de nómina de 2022

Los contribuyentes tienen de plazo hasta el 28 de febrero del año en curso, según lo establece la regla 2.7.5.6. de la RMF para 2023



guardar recibos de nómina
5 enero, 2023

El 27 de diciembre, el Servicio de Administración publicó la Resolución Misvelánea Fiscal (RMF) para 2023.

En el documento se dieron a conocer varios cambios relacionados con el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), entre los que destaca un cambio en torno al comprobante de nómina.

Facilidad para cancelar o sustituir los CFDI de nómina

El SAT otorgó la facilidad para que los contribuyentes puedan cancelar o sustituir los CFDI de nómina, cuando existan errores en estos.

Para realizar lo anterior, los contribuyentes tienen de plazo hasta el 28 de febrero del año en curso. Esto lo establece la regla 2.7.5.6. de la RMF para 2023.

De acuerdo con IDC Online, los empleadores deben verificar la emisión correcta de este tipo de comprobantes, porque si contienen errores deben sustituirlos en el lapso mencionado. Esto lo deben hacer para que los efectos fiscales no se vean modificados y se siga considerando su emisión dentro del ejercicio 2022.

En el supuesto de que se lleve a cabo la cancelación en sustitución de un CFDI de nómina, después de febrero del 2023, todos los efectos fiscales serán efectivos en el 2023, como lo es su deducción.

– Con información de IDC Online.

Te puede interesar:

¿Para qué sirve la Opinión de Cumplimiento o Carta 32-D del SAT?

¿Cómo se demuestra la materialidad ante el SAT?





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
El SAT no está obligado a emitir acuse del aviso enviado al medio de contacto del buzón tributario

El SAT ya envía alertas a asalariados que no presentaron su declaración anual

El SAT debe verificar la CLABE de la declaración anual, para realizar la devolución: TFJA

Equivocarse con la CLABE no te quita tu devolución: SAT debe pagarte

La obligación de rendir cuentas no viola el derecho de libertad sindical SCJN

SCJN revive norma fiscal para corregir impuesto predial en CDMX

INFONAVIT fija fecha límite para aplicar nuevos descuentos a salarios en 2025