El Contribuyente
Síguenos
empty

Venció el plazo para presentar alguna acción de inconstitucionalidad contra la Miscelánea Fiscal 2022

Al Inai se le agotó el tiempo para ir contra reforma que permite al SAT utilizar tecnología de georreferenciación.



El SAT podrá georreferenciar los domicilios de los contribuyentes
El Contribuyente
14 diciembre, 2021

El 12 de noviembre, el Poder Ejecutivo publicó la Miscelánea Fiscal para 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Como parte de los cambios fiscales para el próximo año, se incluyó una iniciativa que permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) utilizar drones y tecnología de georreferenciación para corroborar que los domicilios fiscales proporcionados por los contribuyentes al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) sean correctos.

La media fue criticada por especialistas, quienes esperaban que organismos como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), presentaran una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra la reforma. 

Sin embargo, al Inai se le agotó el plazo para presentar un recurso jurídico en la Suprema Corte porque sólo tenía 30 días naturales para realizarlo.

Para José Soto Galindo, columnista de El Economista, el instituto evadió su responsabilidad de defender la privacidad y el derecho a la protección de datos personales.

“Los comisionados del Inai estuvieron más atentos en actuar contra el “decretazo” de López Obrador sobre las megaobras de infraestructura que en proteger nuestros datos personales. El mensaje es claro aunque significa un dilema falso: para los comisionados del Inai, la transparencia sobre el uso de recursos públicos tiene prioridad sobre cualquier cosa”, resaltó.

Van contra decreto de AMLO

Recientemente, el Inai anunció que presentará  una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) con el que catalogó las obras del gobierno como asuntos de seguridad nacional.

De acuerdo con El Economista, los comisionados dijeron que el decreto emitido por el jefe del Ejecutivo el 22 de noviembre pasado, vulnera los principios de inatacabilidad, definitividad y vinculatoriedad de las resoluciones del Pleno, al precisar que la información será de seguridad nacional.

“Yo celebro la decisión de combatir el ‘decretazo’, porque estoy convencido de que clasificar las obras de infraestructura del gobierno con la etiqueta de ‘seguridad nacional’ impedirá la fiscalización ciudadana sobre el ejercicio de recursos públicos, pero lamento enormemente que el Inai sólo tuviera ganas de defender la transparencia y se olvidara de la protección de los datos personales”, concluyó Soto Galindo. 

 

NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

UIF, SAT y CNBV obstaculizan la transparencia del INE: consejeros

El reto fiscal del próximo Gobierno: Un ajuste presupuestario significativo

Prodecon explica qué hacer si el SAT cancela el certificado de sello digital

¿Cuáles son las fechas límite para cancelar facturas de 2023?

México, el nuevo canal de China para eludir aranceles estadounidenses