El Contribuyente
Síguenos
empty

Así se acreditan los traspasos entre cuentas bancarias de un contribuyente, si el SAT presume que son ingresos

El contribuyente debe demostrar que los traspasos entre sus cuentas bancarias corresponden a registros de su contabilidad, en caso de que el SAT presuma que son ingresos. 



Así se acreditan los traspasos entre cuentas bancarias de un contribuyente, si el SAT presume que son ingresos
(Imagen: El Contribuyente)
5 mayo, 2021

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las autoridades fiscales están facultadas para presumir como ingresos acumulables y valor de actos o actividades omitidos, los depósitos efectuados en cuentas bancarias del contribuyente. Pero sólo de los que no se encuentren registrados en su contabilidad. Ya sea porque no se haya realizado el asiento contable respectivo o porque carece del soporte documental idóneo [CFF 59, fracción III].

Tomando en cuenta lo anterior, un tribunal resolvió un caso en el que determinó que si el contribuyente impugna la determinación presuntiva de la autoridad fiscalizadora, argumentando que los depósitos en sus cuentas bancarias constituyen un traspaso entre sus cuentas propias, entonces se encuentra obligado a aportar la documentación idónea.

El órgano jurisdiccional señaló que entre los documentos que tiene que presentar el contribuyente se encuentran los siguientes:

  • Los estados de cuenta.
  • Papeles de trabajo.
  • Copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, el número de cheque o reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre.

El tribunal indicó que, adicionalmente, el contribuyente tiene que ofrecer una prueba pericial contable, para verificar lo siguiente:

  • El registro de cada operación.
  • La correspondencia de cantidades entre sus cuentas.
  • Que no se incrementó su patrimonio.

Esto lo debe hacer el contribuyente para demostrar que dichos depósitos y registros contables provienen de un concepto distinto al determinado por la autoridad fiscal.

Esto lo reiteró la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) al resolver un juicio contencioso administrativo. Y la tesis forma parte de los precedentes de la Sala Superior.

Puedes revisar la tesis aquí / Páginas: 435 a la 438 / Criterio de búsqueda: Traspasos entre cuentas bancarias / Clave:VIII-P-2aS-679 / Publicación: 24 de marzo de 2021.


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

La SCJN valió el límite máximo al reparto de utilidades

¿Qué son la CUCA y la CUFIN?

seguro por fallecimiento del Infonavit

Cómo identificar en qué empresa participó un accionista fallecido

El régimen de plataformas no aplica a comercios electrónicos propios

¿Qué ‘Uso del CFDI’ pueden usar las personas físicas, según su régimen?