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El SAT aclara dudas sobre estímulos fiscales en fronteras norte y sur

La autoridad fiscal publicó dos documentos con las respuestas a preguntas frecuentes derivadas de los decretos de estímulos fiscales en los municipios de las fronteras norte y sur de México.



El SAT aclara dudas sobre estímulos fiscales en región fronteriza norte y sur
(Imagen: El Contribuyente)
18 enero, 2021

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó dos documento con las respuestas a preguntas frecuentes derivadas de los decretos de estímulos fiscales en región fronteriza norte y sur.

3 preguntas y respuestas sobre estímulos fiscales en región fronteriza norte y sur

Aquí compartimos tres de las 22 preguntas y respuestas que publicó la autoridad fiscal sobre estímulos fiscales en región fronteriza norte y sur:

  1. ¿Qué municipios se ven favorecidos con los estímulos fiscales para las región fronteriza norte o sur?

Los municipios beneficiados de la región fronteriza norte son:
  • Ensenada, Playas de Rosarito, Tijuana, Tecate y Mexicali del estado de Baja California;
  • San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta del estado de Sonora;
  • Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides del estado de Chihuahua;
  • Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo del estado de Coahuila de Zaragoza;
  • Anáhuac del estado de Nuevo León y,
  • Nuevo Laredo; Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros del estado de Tamaulipas.
Los municipios beneficiados de la región fronteriza sur son:
  • Othón P. Blanco del estado de Quintana Roo;
  • Palenque, Ocosingo, Benemérito de las Américas, Marqués de Comillas, Maravilla Tenejapa, Las Margaritas, La Trinitaria, Frontera Comalapa, Amatenango de la Frontera, Mazapa de Madero, Motozintla, Tapachula, Cacahoatán, Unión Juárez, Tuxtla Chico, Metapa, Frontera Hidalgo y Suchiate del estado de Chiapas;
  • Calakmul y Candelaria, del estado de Campeche y,
  • Balancán y Tenosique, del estado de Tabasco.
  1. ¿Cuándo puedo presentar el aviso de inscripción en el Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte o sur, en materia de ISR?

A más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate, para las y los contribuyentes inscritos al RFC a la entrada en vigor de los Decretos.

Para las personas contribuyentes que inicien actividades o que realicen la apertura de sucursales, agencias o establecimientos en la región fronteriza norte o sur, dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción en el RFC o de la presentación del aviso de apertura de sucursal, agencia o establecimiento en dichas regiones.

  1. ¿Cuándo debo presentar el aviso de renovación para seguir aplicando el estímulo fiscal del ISR en 2021?

En el caso de renovación, a más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal de que se trate.

3 preguntas y respuestas sobre la facturación derivadas de los estímulos fiscales

Aquí compartimos tres de las seis preguntas y respuestas que publicó la autoridad fiscal sobre la facturación derivadas de los decretos de estímulos fiscales región fronteriza norte y sur:

  1. Una vez presentado el aviso para aplicar el estímulo de IVA, ¿a partir de qué momento se pueden emitir los CFDI, considerando el estímulo de “IVA Crédito aplicado del 50%” en la herramienta gratuita del portal del SAT?

Una vez transcurridas 72 horas a la presentación del aviso, siempre que cuenten con el acuse de recibo.

  1. ¿Cómo se refleja el estímulo fiscal de IVA para la región fronteriza en la factura electrónica?

En el campo o atributo denominado TasaOCuota del CFDI, se deberá seleccionar la opción o valor identificado en el catálogo c_TasaOCuota como: IVA Crédito aplicado del 50%.

  1. ¿Qué sucede si durante los primeros días de enero de 2021 emití facturas con la tasa general de 16% de IVA teniendo el derecho a aplicar el estímulo fiscal de IVA de la región fronteriza?

En tanto se pueda cancelar el CFDI conforme a los requisitos de la regla 2.7.1.38 se podrá emitir un nuevo CFDI con la aplicación de la tasa reducida a 8% del IVA, siempre que se cuente con el acuse de recibo de la presentación del aviso y hayan transcurrido 72 horas a la presentación de dicho aviso.

 

Puedes ver las Preguntas frecuentes sobre estímulos fiscales en región fronteriza norte y sur aquí y las Preguntas frecuentes sobre la facturación derivadas de los decretos de estímulos fiscales región fronteriza norte y sur aquí / Fecha de publicación: enero de 2021.


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