El Contribuyente
Síguenos
empty

Estos son los cambios para ajustar el subsidio al empleo en CFDI de nómina

Te decimos los nuevos procedimientos para ajustar el subsidio al empleo en CFDI de nómina.



Cambios para ajustar el subsidio al empleo en CFDI de nómina
(Imagen: Shutterstock)
16 octubre, 2019

Esta semana el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer las siguientes actualizaciones sobre la guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento:

  • En la nota del Nodo: Receptor, campo RFC, se elimina la referencia a la regla 2.7.1.26.
  • Eliminación del último párrafo del campo TipoNomina que indicaba que en un solo complemento se podían agregar conceptos de nómina ordinaria y extraordinaria, ya que no podrán aplicarse en la nueva clave 13 del catálogo c_TipoRegimen.
  • Se elimina el cuarto párrafo del campo NumDiasPagados ya que de acuerdo a los cambios realizados en la guía de nómina se indica que no puede haber en un mismo complemento de nómina conceptos ordinarios y extraordinarios y dicho párrafo se contrapone.
  • En el campo TipoContrato se actualizó el fundamento legal debido a la reforma de la Ley Federal del Trabajo.
  • Adición de un último párrafo al campo TipoRegimen, para aclarar que se deben emitir dos CFDI cuando se pague una nómina ordinaria y a su vez el pago de separación del trabajador, o bien se puede emitir un CFDI con dos complementos de nómina para que en uno se especifique el sueldo ordinario y en el otro el pago de la separación del trabajador.
  • Se precisa en el campo Año del Nodo CompensacionSaldosAFavor que para determinar al año en curso se deberá considerar el atributo “FechaPago”.
  • Actualización de la Nota 5 del Apéndice 1 Notas Generales para especificar que conceptos deben clasificarse con la clave “051” y se eliminó el fundamento legal referente a las exenciones establecidas en el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
  • Actualización de la referencia para ingresar a la liga de los catálogos del comprobante del Apéndice 2 Catálogos del comprobante.
  • Eliminación de la pregunta 19 del Apéndice 3 Preguntas y respuestas sobre el Complemento de nómina versión 1.2, ya que no se pueden registrar en un mismo complemento en el CFDI conceptos de percepciones para nómina ordinaria y extraordinaria, y por ende se modificó la numeración de las preguntas.
  • Se modificó la representación del CFDI del Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo.
  • Modificación de la descripción de la clave 047 en el Apéndice 6 Matriz de percepciones y deducciones para el pre llenado de la declaración anual de nómina.
  • Adición del Apéndice 7 Procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes.
  • Se adiciona el Apéndice 8 Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina.

Esto significa que hay algunos cambios en el procedimiento para tratar los ajustes mensuales al subsidio al empleo causado.

¿Cuáles son los cambios?

El nuevo procedimiento tiene como objetivo establecer un mecanismo de reversión de la aplicación del subsidio al empleo en aquellos casos en que se aplica en alguna semana, pero en el cálculo del mes no resulta subsidio aplicable; o bien, el resultado es menor al aplicado en esos periodos.

Normalmente, estos casos se dan cuando en el mes, el trabajador tiene derecho al subsidio al empleo. Pero durante ese mes, el trabajador recibe algún pago extraordinario que aumenta su ingreso a un rango en el que pierde el derecho al subsidio al empleo. En estos casos, el subsidio que se aplicó en las otras semanas o quincena del mes debe revertirse.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

Cambios a guías de llenado de CFDI, CRIP y CDFI de nómina


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes),  y a nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿En qué casos declaran los contribuyentes de plataformas digitales?

¿Los días 1 y 5 de mayo son días de descanso obligatorio?

Hoy termina el plazo para presentar la declaración anual

¿Qué pasa si presento mi declaración anual fuera de tiempo?