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Por secreto profesional, abogados y contadores no deberían ser informantes

Especialistas y grupos empresariales temen las repercusiones de que el SAT pueda utilizar a abogados y contadores como informantes de sus propios clientes.



Por secreto profesional, abogados y contadores no deberían ser informantes
(Imagen: Shutterstock)
24 septiembre, 2019

Uno de los cambios fiscales para 2020 es la creación del Título Sexto. De la Revelación de Esquemas Reportables, en el Código Fiscal de la Federación (CFF). El Título Sexto pretende obligar a los asesores fiscales a reportar, al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el trabajo que genere beneficios fiscales a los contribuyentes.

Esto significa que tendrán que informar a la autoridad fiscal en qué consisten las estrategias y asesorías que disminuyen utilidades y generan un beneficio fiscal a sus clientes. Con esta información, el SAT evaluará las estrategias y decidirá si deben hacerse o no auditorías.

Contra el secreto profesional

En este caso, los asesores fiscales son abogados y contadores, por lo que en la práctica serían informantes del SAT. El problema es que según algunos especialistas, como el expresidente del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados, Rafael Ramírez, esto violaría el secreto profesional. Además, de ser aprobadas las otras leyes contra la defraudación fiscal, los asesores podrían ser sancionados con prisión preventiva oficiosa.

Para algunos, estas facultades convierten al SAT es una especie de inquisidor. Por ejemplo, la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) publicó un comunicado en el que externó su preocupación por lo que a su juicio se perfila como “un sistema persecutorio que acosará a miles de agentes económicos que cumplen sus obligaciones en tiempo y forma”.

Además, el organismo empresarial tiene miedo de que se pierdan el secreto profesional y el derecho a la intimidad, que protegen civil y penalmente a médicos, abogados y asesores.

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