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¿Cómo funcionará la revelación de esquemas reportables del SAT?

Una de las propuestas fiscales importantes para 2020 es la de esquemas reportables.



¿Cómo funcionarán los esquemas reportables del SAT?
(Imagen: Shutterstock)
18 septiembre, 2019

Uno de los cambios fiscales para 2020 es la creación del “Título Sexto. De la Revelación de Esquemas Reportables”, en el Código Fiscal de la Federación (CFF). El Título Sexto pretende obligar a los asesores fiscales a reportar, al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el trabajo que genere beneficios fiscales a los contribuyentes.

Esto significa que tendrán que informar a la autoridad fiscal en qué consisten las estrategias y asesorías que disminuyen utilidades y generan un beneficio fiscal a sus clientes. Con esta información, el SAT evaluará las estrategias y decidirá un criterio para decidir si deben hacerse o no auditorías.

Los esquemas reportables

De acuerdo con la propuesta, un esquema es un “plan, proyecto, propuesta, asesoría, instrucción o recomendación externada de forma expresa o tácita con el objeto de materializar una serie de actos jurídicos”.

En este sentido, hay que tomar en cuenta que un acto jurídico se puede definir como la manifestación de voluntad de una o más personas, encaminada a producir consecuencias de derecho. Es decir, debe contar con la voluntad de un sujeto, manifestada de manera expresa o tácita, un objeto sobre el que recaiga esta voluntad y la voluntad debe ser jurídicamente posible.

El problema con la reforma propuesta hasta ahora no ha sido definida. Por ejemplo, la propuesta dice que los esquemas reportables están hechos de una serie de actos jurídicos. Pero nunca se define qué es una serie de actos jurídicos, ni los que serían susceptibles de caer en esta definición. Al final, todo esto debe arreglarse cuando se escriba la ley.

Por último, otro punto importante de esta reforma es que hay un periodo de revisión de cada esquema reportado. En un máximo de ocho meses, funcionarios de la Secretaría de Hacienda y del Servicio de Administración Tributaria deben decidir sobre la legalidad del esquema. Esto puede ser vinculante para los asesores fiscales, contribuyentes y autoridades fiscales.

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