El Contribuyente
Síguenos
empty

No pueden multarte por no entregar contabilidad si eres RIF y la llevas en “Mis Cuentas”

La Prodecon emitió un criterio jurisdiccional para este efecto.




No pueden multarte por no entregar contabilidad si eres RIF y la llevas en “Mis Cuentas”
Foto: Shutterstock
12 diciembre, 2018

Los contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), deben ingresar su contabilidad en la aplicación electrónica “Mis cuentas”. Esta se encuentra disponible en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) (Regla 2.8.1.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2017).

En este sentido, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) considera que es ilegal que el SAT sancione a los pagadores de impuestos cuando no proporcionan la contabilidad de forma inmediata (Código Fiscal de la Federación 85, fr. I). Si queda asentado, a través de una constancia de situación fiscal, que se tributa en el RIF, los contribuyentes bajo este régimen se encuentran exentos de conservar su contabilidad (Regla 2.8.1.9 de la RMF 2017). Por este motivo, quedan relevados de las obligaciones establecidas en los artículos 30 y 30-A del CFF.

Puedes revisar este Criterio Jurisdiccional aquí Año: 2018 / Clave: 67/2018


Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia comercial, fiscal y laboral), la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes) y nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar
PRODECON frena al SAT: protege tus deducciones médicas

PRODECON frena al SAT: protege tus deducciones médicas

¿Los bolígrafos de lujo son deducibles? El debate fiscal que la ley no resuelve

¿Los bolígrafos de lujo son deducibles? El debate fiscal que la ley no resuelve

Domicilio fiscal no es donde opera la empresa: lo que dice TFJA

Domicilio fiscal no es donde opera la empresa: lo que dice TFJA

REPSE: no renovarlo no genera multa directa… pero sí puede costar millones

REPSE: no renovarlo no genera multa directa… pero sí puede costar millones