El Contribuyente
Síguenos
empty

¿Por qué no te conviene subcotizar?

Lo barato sale caro. Te contaremos sobre una práctica, demasiado frecuente, que afecta negativamente al patrón, al trabajador y a las autoridades. 




Foto: Shutterstock
20 marzo, 2018

Es común que los albañiles, por la naturaleza de su trabajo, sufran accidentes. “Están expuestos a riesgo”, relata el contador Alfredo Efrén García. Es igualmente común que no estén asegurados por sus patrones. Esto no es una buena idea, por muchas razones. En primer lugar, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el patrón debe procurarle seguridad social al trabajador. Si el trabajador no está registrado ante el IMSS y sufre un accidente, el empresario tendrá que cubrir los gastos de su bolsa.

El contador García recuerda un caso en que los gastos médicos generados por un albañil accidentado prácticamente representaron una pérdida total para la obra. Aplica lo que dice el dicho: lo barato te puede salir muy caro.

Otro tanto ocurre en los casos de defunción o de incapacidades por maternidad. Estos gastos podrían ser cubiertos por el IMSS, previa inscripción del trabajador en el seguro social. En caso contrario, los gastos, que pueden ser altos, corren por cuenta del patrón. “Siempre que un cliente quiere hacer algo así, le señalo que es una forma muy tonta de incurrir en riesgos innecesarios”, dice nuestro especialista.

Dado que entre el sueldo de un trabajador y las aportaciones patronales ante el IMSS hay una proporción directa, es muy frecuente que los empleadores registren a sus trabajadores con salarios muy por debajo de los reales, con lo que esperan ahorrarse algo del dinero que tendrían que pagar por ley ante el seguro social.

La repercusión negativa en el trabajador es la primera en advertirse, pues el monto que recibiría en caso de incapacidad sería menor al que le correspondería de estar registrado

con su sueldo real. Además, cuando el trabajador se retire o quiera pedir un crédito para adquirir un inmueble, el monto al que tienen derecho también estará del todo distorsionado.

A inicios del año pasado, el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Infonavit empezaron a intercambiar información con el SAT para detectar estas prácticas y, en caso de encontrar motivos de sospecha, auditar a las empresas. Si la autoridad descubre que una empresa está subcotizando a un trabajador, podrá exigirle que pague la diferencia para cubrir los montos a los que el trabajador realmente tiene derecho, en consideración de su ingreso real, y no del que supuestamente tiene.

El contador Efrén García señala que otro desenlace posible en esta encrucijada es que el trabajador se dé cuenta, por sus propios medios, que está subcotizado, e interponga una queja ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. En esta situación, de igual manera la autoridad podría determinar que el patrón tendrá que cubrir la diferencia entre los montos. Sin embargo, lo recomendable es que esta situación se subsane mediante el diálogo entre el patrón y el trabajador. “Es un acuerdo que beneficia a ambas partes”, apunta García.

Y el cerco del SAT se va estrechando…

En el outsourcing, estas malas prácticas son una verdadera plaga. Según la consultora del mercado laboral Staffing Industry Analyst, en 2015 en México había unas 900 empresas tercerizadoras de personal. De éstas, únicamente 100 tenían registro ante el IMSS y sólo 40 pagaban los impuestos correspondientes al fisco. Algunas de estas empresas declaran una fracción del sueldo real que percibían sus trabajadores (en ocasiones, no más que

un salario mínimo) y el resto lo pagaban por fuera, ya sea en efectivo o mediante dudosas “prestaciones sociales” o compensaciones asistenciales, como vales de despensa, tarjetas prepagadas para comprar gasolina, entre otras.

Como el esquema de contratación con frecuencia es temporal, a la hora de terminar la relación laboral el trabajador recibe cualquier cosa de liquidación: únicamente el monto que la empresa tercerizadora declaraba ante Hacienda. Por ello, el SAT instauró algunos candados con la finalidad de hacer más difícil que las tercerizadoras incurran en estas

prácticas. Si la empresa que contrata los servicios de outsourcing quiere deducir este gasto, es necesario que solicite de la empresa tercerizadora los registros de todos los trabajadores involucrados ante el IMSS y el desglose de los salarios que recibieron. Con esta información, el fisco cruza sus bases de datos y, en caso de hallar alguna incongruencia, en consideración de otras empresas similares que presten los mismos servicios, podría iniciar una auditoría. En este sentido, cumplir con el fisco te interesa tanto a ti como a tus trabajadores.

*Este artículo se publicó originalmente en la edición impresa de marzo de Negocios Inteligentes.


Suscríbete a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes), El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y nuestro canal de YouTube.





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

El aguinaldo debe ser en efectivo: No aceptes vales ni negociaciones

Recomiendan revisar que el régimen en el CFDI corresponda con la actividad económica

¿El 12 de diciembre se descansa por la celebración del Día de la Virgen de Guadalupe?

Los patrones deben preguntar a sus trabajadores si harán su declaración anual y solicitar el escrito correspondiente