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SUA 3.7.1: cambios en INFONAVIT y responsabilidad solidaria que debes actualizar



SUA 3.7.1: cambios en INFONAVIT y responsabilidad solidaria que debes actualizar
3 marzo, 2026

El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) versión 3.7.1 está disponible desde el 2 de marzo de 2026. Incluye ajustes en cargos del INFONAVIT y un nuevo tipo de documento para casos de responsabilidad solidaria.

No es una actualización cosmética. Afecta cómo calculas pagos a seguridad social cuando hay diferencias, regularizaciones o revisiones. Si no actualizas el sistema, podrías generar inconsistencias en tus reportes ante IMSS e INFONAVIT.

¿Qué es el SUA?

El Sistema Único de Autodeterminación es la herramienta que usan las empresas para calcular y pagar cuotas de seguridad social al IMSS y aportaciones al INFONAVIT.

Cada patrón está obligado a usar el SUA para determinar los montos exactos que debe pagar por cada trabajador. Es obligatorio, no opcional.

El SAT libera actualizaciones periódicas para reflejar cambios en leyes, tasas, valores actualizados o nuevas categorías de pago.

¿Qué cambios trae la versión 3.7.1?

La actualización incluye dos ajustes principales que impactan directamente en cálculos y pagos.

Cambio 1: Actualización de importes para honorarios de notificación del INFONAVIT

El INFONAVIT cobra honorarios cuando emite notificaciones, especialmente en casos de diferencias de pago, cobranzas o procesos de regularización.

Estos honorarios se actualizaron en la Miscelánea Fiscal 2026. Los importes cambieron. La versión 3.7.1 incorpora los nuevos montos.

¿Qué significa en la práctica?

Si tu empresa enfrenta una revisión del INFONAVIT, tiene diferencias en aportes o está regularizando situaciones pasadas, el sistema debe calcular correctamente los honorarios correspondientes.

Si no actualizas el SUA, calcularás honorarios con valores desactualizados. Eso genera diferencias entre lo que reportas y lo que el INFONAVIT cobra.

Ejemplo: El INFONAVIT cobra una notificación. Con la versión anterior, el cálculo de honorarios era $X. Con 3.7.1, es $Y (cantidad actualizada). Si no actualizas y pagas según cálculo viejo, quedas en deuda con el INFONAVIT.

Cambio 2: Nuevo tipo de documento “05 Responsabilidad Solidaria del 15-A”

La responsabilidad solidaria en seguridad social es un concepto crítico que muchos patrones desconocen.

¿Qué es responsabilidad solidaria? En ciertos casos (subcontratación, prestación de servicios especializados, esquemas de tercerización), el patrón principal es responsable junto con el subcontratista o tercero de pagar cuotas de seguridad social.

El IMSS puede determinar que el patrón principal debe pagar diferencias, requerimientos o regularizaciones relacionadas con estos trabajadores.

Hasta ahora, no había una categoría clara para clasificar estos pagos en el SUA. La versión 3.7.1 incorpora el tipo de documento “05 Responsabilidad Solidaria del 15-A”.

¿Qué significa en la práctica?

Cuando el IMSS requiere pagos por responsabilidad solidaria, el patrón ahora puede registrarlos correctamente en el SUA usando el nuevo tipo de documento.

Esto permite que el sistema:

  • Clasifique correctamente los pagos por responsabilidad solidaria
  • Genere reportes diferenciados
  • Facilite revisiones futuras ante el IMSS
  • Cree un rastro claro de pagos por este concepto

Ejemplo: Tu empresa subcontrata servicios. El IMSS audita y encuentra que el subcontratista no pagó cuotas de seguridad social. Como patrón principal, eres responsable solidario. El IMSS emite requerimiento de pago.

Con la versión 3.7.1, registras ese pago usando el tipo “05 Responsabilidad Solidaria”. El sistema lo clasifica correctamente. Ante futuras auditorías, tienes evidencia clara de que pagaste regularmente.

¿A quién impacta la actualización 3.7.1?

El cambio es relevante para empresas que enfrentan cualquiera de estas situaciones:

  • Diferencias en cuotas del IMSS: El IMSS audita y encuentra montos que no pagaste. Necesitas regularizar.
  • Pagos extemporáneos: Pagaste tarde. El INFONAVIT cobra honorarios de notificación.
  • Revisiones por responsabilidad solidaria: Eres patrón principal en esquemas de subcontratación o tercerización.
  • Procesos de regularización: Estás corrigiendo situaciones pasadas ante IMSS o INFONAVIT.
  • Cargos adicionales: Tienes montos adeudados que incluyen conceptos especiales como honorarios o diferencias.

Si tu empresa opera con trabajadores directos únicamente, paga siempre a tiempo y no ha enfrentado auditorías, el impacto es menor. Pero aún así, mantener el software actualizado es obligatorio.

¿Qué pasa si no actualizo a la versión 3.7.1?

Inconsistencias en cálculos: Los montos que calcules pueden diferir de los que el INFONAVIT o IMSS tienen registrados.

Errores en pagos: Si pagas honorarios de notificación con valores desactualizados, quedas corto ante el INFONAVIT.

Problemas en auditorías: Cuando el IMSS revisa tus reportes, ve discrepancias entre lo que pagaste (según tu SUA viejo) y lo que debe haber pagado (según valores 2026).

Falta de clasificación correcta: Si tienes pagos por responsabilidad solidaria, el sistema viejo no los clasifica. Eso genera reportes incompletos o confusos ante autoridades.

Riesgo administrativo: El SAT y el IMSS consideran que un sistema desactualizado es incumplimiento. Pueden emitir multas o iniciar revisiones.

¿Cómo y cuándo debo actualizar?

Dónde obtener la versión 3.7.1:

El SUA se descarga del portal del SAT. Accede a https://www.sat.gob.mx/ y busca la sección de descargas del SUA. Allí encontrarás la versión 3.7.1 disponible para instalar.

Cuándo actualizar:

Lo ideal es actualizar antes de realizar cualquier pago relacionado con diferencias, regularizaciones u honorarios de notificación. Si ya estás en estos procesos, actualiza inmediatamente.

El SAT no hace obligatoria la actualización de forma inmediata, pero considerarla tardanza aumenta el riesgo de inconsistencias.

Pasos recomendados:

Paso 1: Respalda información actual

Antes de actualizar, guarda una copia de seguridad de tus determinaciones actuales. Si algo falla durante la actualización, tendrás respaldo.

Paso 2: Descarga la versión 3.7.1

Accede al portal del SAT y descarga la versión nueva. Guarda el archivo en una carpeta identificada para no perderlo.

Paso 3: Desinstala la versión anterior (opcional pero recomendado)

Algunos especialistas recomiendan desinstalar completamente la versión vieja antes de instalar la nueva. Otros dicen que la nueva se instala sobre la vieja sin problemas.

Verifica la documentación del SAT o consulta con tu proveedor de servicios contables.

Paso 4: Instala la versión 3.7.1

Sigue las instrucciones del instalador. El proceso es automático.

Paso 5: Abre una determinación vieja y verifica

Carga una determinación que ya hayas hecho. Verifica que los valores de honorarios INFONAVIT se actualizaron. Si tienen pagos por responsabilidad solidaria, verifica que aparezca el nuevo tipo “05”.

Paso 6: Recalcula determinaciones pendientes

Si tienes determinaciones incompletas, abre y recalcula. El sistema usará los nuevos valores y clasificaciones.

¿Qué debo tener en cuenta si tengo responsabilidad solidaria?

Este es el cambio más importante de la versión 3.7.1 para ciertas empresas.

¿Cómo sé si soy responsable solidario?

Eres responsable solidario en estos casos:

  • Tu empresa subcontrata servicios con otros proveedores y tú eres el contratante principal
  • Trabajas con terceros para prestar servicios especializados (ingeniería, consultoría, etc.)
  • Utilizas esquemas de tercerización donde tú proporciones el lugar de trabajo pero terceros manejen nómina
  • El IMSS audita y determinó que tienes responsabilidad solidaria por incumplimiento de terceros

¿Qué hago con el nuevo tipo de documento “05 Responsabilidad Solidaria”?

Cuando registres pagos relacionados con responsabilidad solidaria (diferencias, requerimientos, regularizaciones), utiliza este tipo de documento en el SUA.

El registro será claro. Si el IMSS audita después, ves que hiciste pagos específicos por este concepto.

¿Qué documentación debo conservar?

Guarda copias de:

  • Determinaciones SUA antes y después de actualizar a 3.7.1
  • Requerimientos del IMSS relacionados con responsabilidad solidaria
  • Comprobantes de pago de diferencias o regularizaciones
  • Contratos de subcontratación o tercerización que justifiquen la responsabilidad solidaria
  • Comprobantes de que los terceros (subcontratistas) reportaron a trabajadores ante el IMSS

¿Necesito capacitación para usar la versión 3.7.1?

Para la mayoría de patrones, la actualización es automática. Abres el SUA y funciona como siempre.

Pero si tu empresa tiene situaciones complejas (diferencias recurrentes, responsabilidad solidaria, regularizaciones), consulta con:

  • Tu contador o despacho contable
  • Un asesor especializado en seguridad social
  • El SAT directamente, si tienes dudas técnicas específicas

El SAT también publica guías en su portal. Si lees la documentación oficial, entenderás cómo usar el nuevo tipo de documento.

¿Cuándo entra en vigencia obligatoria la versión 3.7.1?

Está disponible desde el 2 de marzo de 2026. No hay plazo de gracia. Si tienes que hacer pagos después de esta fecha, debes usar la versión actualizada.

En la práctica, el SAT espera que patrones usen la versión nueva para cualquier determinación nueva. Esto implícitamente obliga a actualizar.

¿Qué pasa con las determinaciones viejas?

Las determinaciones que ya hiciste con versiones anteriores siguen siendo válidas. No necesitas recalcularlas.

Pero si necesitas hacer ajustes, correcciones o pagos adicionales a determinaciones viejas, hazlo con la versión 3.7.1.

Recomendación final

Actualizar el SUA a 3.7.1 es una medida preventiva, no opcional. En un entorno donde el SAT es cada vez más digital y automático en sus auditorías, usar software desactualizado es riesgo innecesario.

Si tienes diferencias con el IMSS o INFONAVIT, actualiza inmediatamente. Si estás en procesos de regularización o responsabilidad solidaria, actualiza antes de hacer el siguiente pago.

La actualización toma minutos. El riesgo de no hacerlo es inconsistencias que pueden cobrar intereses y multas después. No vale la pena esperar.





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