SCJN valida que SAT pida hasta 5 correos para buzón tributario
La Segunda Sala concluyó que la autoridad administrativa no se extralimitó en el ejercicio de sus facultades
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no transgredió lo dispuesto en el artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF), por establecer que los contribuyentes puedan ingresar hasta cinco direcciones de correo electrónico para recibir los avisos de notificación del buzón tributario.
Lo anterior lo había establecido el SAT en la Regla 2.2.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) de 2015, así como en las reglas 2.2.7, vigentes en 2016 y en 2017.
Al analizar el caso, la Segunda Sala de la SCJN explicó que para los ejercicios fiscales de 2015 a 2017, el SAT estableció el correo electrónico como vía de comunicación, incluso posibilitó tener contacto con cada contribuyente a través de cinco direcciones de correo electrónico distintas.
Se precisó que las reglas reclamadas establecen que los contribuyentes pueden elegir los medios de comunicación que serán utilizados para recibir los avisos, sin importar que se trate de la misma vía de comunicación. De esta manera, se cumple con la finalidad de que el contribuyente conozca con mayor eficiencia los avisos de la autoridad hacendaria, pues le permite interactuar con la información en tiempo real vía electrónica, lo que genera eficiencia, así como ahorro de tiempo y dinero.
A partir del estudio del numeral 17-K, último párrafo, del CFF, la Segunda Sala concluyó que el legislador utilizó el término “medios de comunicación” en plural y confirió a la autoridad administrativa la facultad para definir, de entre los medios existentes, cuál o cuáles serán los que podrá elegir el contribuyente. De manera que la autoridad administrativa no se extralimitó en el ejercicio de las facultades previstas en esta cláusula habilitante.
Por lo que, en las reglas vigentes de 2015 a 2017, se dio al contribuyente la opción de señalar como mecanismo de comunicación o de contacto para enviarle el aviso de notificación en el buzón tributario, uno y hasta cinco direcciones de correo electrónico, sin importar que se tratara de la misma vía de comunicación. Incluso, cuando el artículo 17-K fue reformado, el legislador no acotó que deban ser señalados uno o varios medios de comunicación, ni especificó cuál de ellos debe ser utilizado, en cambio, dejó a la autoridad administrativa en posibilidad de definirlo.
Puedes ver la información que publicó la SCJN aquí / Fecha de publicación: 4 de agosto de 2022.
Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.