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Piden a contribuyentes atender los ajustes en la factura electrónica

Si un CFDI se cancela fuera de tiempo, la multa será del 5 y 10% del monto de cada factura.



La prórroga para el uso obligatorio del CFDI 4.0, generó dudas relacionadas con el uso del complemento carta porte.
(Imagen: El Contribuyente)
18 enero, 2022

Diana Bernal Ladrón de Guevara, ex procuradora de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), advirtió en entrevista con MVS Noticias sobre los nuevos requisitos que deben contener los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) en 2022. 

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“Hay muchas normas nuevas que vienen con letra chiquita y que hay que ir revisando con cuidado porque a primera vista parecen cambios que pudieran no ser tan trascendentes y que sin embargo, en el día a día si pueden tener mucho impacto”.

Cancelación del CFDI 

La ex procuradora resaltó que entre los cambios, se establece que las personas que emitan facturas sin los datos complementarios podrán cancelar a más tardar el 31 de enero del año siguiente. 

No obstante, si un CFDI se cancela fuera de plazo de tiempo, pueden ser acreedores a una multa que va de entre el 5 y 10% del monto de cada factura emitida

“Si llega a haber errores en esos requisitos: errores en el monto, en el nombre, en el régimen en el que tributa el emisor, en su código federal de contribuyentes, en su domicilio; ahora los tendrán que cancelar dentro del ejercicio fiscal a más tardar el 31 de enero del año siguiente, si no se harán acreedores a multas que, la verdad se escuchan muy altas, porque serán de entre 5 y 10% del monto del CFDI que se cancele”. 

Se tendrá que definir el uso que le dará el receptor al comprobante fiscal

Asimismo, Ladrón de Guevara, resaltó que ya no se podrán expedir CFDI “por definir”, el cual se usaba cuando el receptor no tenía definido en ese momento el uso que se le daría a ese comprobante.

Lo anterior se debe a que en la Reforma Fiscal para 2022, se establece que en la emisión de comprobantes fiscales “se debe indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal”.

“Ahora, no va a poder poner ‘por definir’, si no que tu en el momento de hacer la adquisición del bien o servicio, tendrás que especificar el uso que le vas a dar al CFDI, si no este carecerá de valor fiscal”,  concluyó. 

 

Con información de MVS Noticias.

https://www.elcontribuyente.mx/2021/09/quieres-comprar-terreno-ya-podras-usar-tu-credito-infonavit/ 


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