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¿A punto de reabrir tu empresa? Estos son los puntos que va a inspeccionar la STPS

No importa el giro de la empresa: se tienen que cumplir las medidas de seguridad e higiene para cuidar a los trabajadores y colaboradores en esta situación de riesgo.



Puntos básicos para las inspecciones de reapertura: STPS
26 junio, 2020

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer el mes pasado los lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno laboral. El documento desglosa una serie de acciones para que las empresas puedan realizar una reapertura gradual y cauta en la “nueva normalidad”.

Mientras el semáforo esté en rojo, únicamente las empresas que se dediquen a actividades esenciales tienen permitido laborar a  condición de que cumplan con las medidas sanitarias emitidas por el gobierno federal. En el caso de las actividades no esenciales, deben permanecer cerradas.

Los lineamientos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de mayo y entraron en vigencia al día siguiente de su publicación. 

Medidas indispensables para reabrir actividades

Independientemente del giro o tamaño de la empresa, es obligatorio poner en práctica estas medidas básicas para reanudar actividades:

  • Designar un comité o una persona responsable de implementar las medidas de seguridad.
  • Identificar las medidas que se pondrán en funcionamiento de acuerdo a la actividad que se dedique el centro de trabajo, nivel de riesgo, tamaño y características internas.
  • Verificar que las medidas se lleven a cabo correctamente.
  • Contar con un protocolo de limpieza para las áreas del centro de trabajo.
  • Informar a los empleados de las medidas que se tomarán para evitar contagios.
  • Tener sana distancia entre los empleados (mínimo 1.5 metros de distancia).
  • La empresa debe proporcionar cubrebocas, careta y goggles a los empleados.
  • Al entrar y salir, tomar la temperatura de las personas.
  • Contar con un control de visitas para proveedores y contratistas.
  • Los empleados deben tener acceso a agua, jabón y alcohol en gel.

Las empresas medianas y grandes, además de las medidas mencionadas, deben de cumplir con lo siguiente:

  1. Un programa de capacitación a nivel directivo de las medidas que se implementarán en su centro de trabajo,
  2. contar con instrumentos para identificar los síntomas del coronavirus (COVID-19), y
  3. contar con las medidas en caso de que un empleado tenga los síntomas del coronavirus para su protección y del resto de los compañeros.

Puedes revisar los lineamiento técnicos de seguridad sanitaria en el entorno laboral aquí / Publicación: 18 mayo 2020

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