Al decidir custodia, suplencia de la queja opera a favor de intereses del menor, no de los padres: SCJN
El sustento es, dice la Suprema Corte de Justicia, el interés superior del menor, proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes.
Al presentar una demanda, es posible que ésta se elabore con deficiencias por error e ignorancia. La suplencia de la queja consiste en la autorización al juez para que supla las omisiones o imperfecciones en la demanda.
En una tesis de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dijo que al decidir la guarda o custodia de menores de edad o incapaces, procede la suplencia de la queja en toda su amplitud. Si bien al final se verá colmada la pretensión de alguno de los padres, esto no significa que se haya llevado a cabo para favorecer a ninguno de ellos. El sustento es, dice la Suprema Corte, el interés superior del menor, proteger los derechos de niños, niñas y adolescentes.
No se puede dar preferencia a la madre
No es la única vez que la SCJN ha decidido a favor del derecho de los menores cuando su guarda o custodia está en disputa. En 2019, la SCJN declaró inconstitucionales los artículos de los Códigos Civiles de varias entidades federativas que dan preferencia automática a la madre para ejercer la custodia de los hijos cuando son menores de 12 años.
La conclusión de los jueces obedece a que, razonan, vulnera el interés superior del menor que los jueces tengan que dar la custodia automáticamente a la madre, sin tener la posibilidad de deliberar y sopesar las circunstancias propias de cada caso.
Tesis: 1a. CCII/2018 (10a.).
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