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Dar custodia preferente a la madre en caso de divorcio es inconstitucional y discriminatorio: SCJN

En caso de divorcio, el Código Civil de la Ciudad de México da la custodia automáticamente a la madre si el hijo es menor a 12 años.



Dar custodia preferente a madres en casos de divorcio es inconstitucional y discriminatorio SCJN
(Foto: Shutterstock)
22 noviembre, 2019

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional y discriminatoria una ley que le da preferencia automática a la madre para ejercer la custodia de los hijos en caso de divorcio.

La SCJN se pronunció así en la revisión del amparo 331/2019, que sostiene que el artículo 282, apartado B, fracción II, párrafo tercero del Código Civil del Distrito Federal contradice los artículos 1 y 4 constitucionales.

El artículo mencionado del Código Civil dice que, de haber un juicio de divorcio, los hijos se pondrán al cuidado de la persona que de común acuerdo decidan los padres. De no haber tal acuerdo, el juez decidirá, tomando en consideración la opinión de los hijos.

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Sin embargo, si los hijos son menores a 12 años, el Código Civil capitalino le da la custodia automáticamente a la madre, excepto en caso de que la madre sea violenta con los hijos o  haya riesgo grave para el normal desarrollo de los hijos.

Sin embargo, los jueces resolvieron que dicha ley contradice el artículo 1 constitucional, que dice que cualquier discriminación queda prohibida, incluso la motivada por el género. Asimismo determinaron que contradice el 4 constitucional, en cuyo primer párrafo dice que el hombre y la mujer son iguales ante la ley. 

En este caso, dice el texto del amparo, “hace una distinción injustificada entre hombres y mujeres al establecer que la guarda y custodia de los menores de doce años debe quedar a favor de la madre, a partir de la existencia de una presunción de idoneidad absoluta de las madres para el cuidado y atención conveniente de los hijos menores”.

Además vulnera el interés superior de los menores. Esto porque impide que los jueces determinen, con base en un análisis de las circunstancias propias de cada caso, con quién de los dos progenitores es más benéfico para el menor quedarse en custodia.


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