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La 4T aumenta la cancelación de sellos digitales en su primer año

En el primer año de la nueva administración, la Cuarta Transformación ha aumentado considerablemente las cancelaciones de sellos digitales.



La 4T aumenta la cancelación de sellos digitales en su primer año
18 diciembre, 2019

De enero a octubre de 2019 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) canceló 49 mil sellos digitales. Esto es 10% más que los 45 mil que se cancelaron durante todo el 2018.  Desde 2014, el SAT ha cancelado más de 254 mil sellos a personas físicas y morales. De todos esos, solamente siete han sido sellos de grandes contribuyentes; de esos, tres se han dado durante el primer año del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

De acuerdo con el SAT, estas cancelaciones se dieron porque los contribuyentes cayeron en los supuestos del artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación. Este artículo dice que se puede cancelar el sello en los siguientes casos:

  • Si el Servicio de Administración Tributaruia (SAT) no encuentra al contribuyente en su domicilio fiscal durante sus facultades de comprobación.
  • Si durante el procedimiento administrativo de ejecución no se localiza al contribuyente.
  • Cuando el contribuyente cometió delitos como contrabando, defraudación fiscal o si encubre algún delito fiscal.
  • Si en el mismo ejercicio fiscal el contribuyente no presenta tres declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.

¿Qué son los sellos digitales y cómo se cancelan?

El certificado de sello digital (CSD) en un documento electrónico que expide el SAT. La idea del certificado es que garantiza la vinculación entre una identidad y una clave pública. La única función de los CSD es firmar digitalmente las facturas electrónicas. Lo que hacen es sellar el CFDI para que no se pueda manipular la información contenida en él. Con esto, ya no pueden falsificarse facturas electrónicas. Además, como con cualquier otro sello, es una marca de identidad del emisor de la factura.

Un cambio fiscal propuesto por el Ejecutivo fue el aumento de los supuestos de cancelación para los certificados de sellos digitales (CSD). Se trata de una propuesta de reforma fiscal para modificar el artículo 17-H del CFF. Actualmente dicho artículo establece los supuestos, la Miscelánea Fiscal 2020 incluye seis casos nuevos:

  • El SAT podrá cancelar los sellos de los contribuyentes en las listas negras de empresas fantasma y que no hayan desvirtuado las operaciones.
  • Cuando los ingresos declarados e impuestos retenidos no concuerden con los señalados en comprobantes y expedientes del SAT.
  • Si el domicilio fiscal no cumple con los requisitos del artículo 10 del CFF.
  • Si los datos de contacto en el buzón tributario no son correctos.
  • Cuando no se desvirtúe  la presunción de transmitir indebidamente pérdidas fiscales.
  • Por delitos como los descritos en los artículos 79, 81 y 83 del CFF.

 

Con información de El Financiero.

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