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¿Qué necesitas para registrar tu organización como una donataria autorizada ante el SAT?

Los donativos dados a las donatarias autorizadas son deducibles, lo que puede llegar a ser muy atractivo.



Foto: Shutterstock
4 enero, 2019

Las deducciones recibidas por las donatarias autorizadas pueden ser deducidas para efecto del ISR por los donadores. Por esta razón, estar registrado ante el SAT como donataria puede ser bastante atractivo.

Si estás interesado en registrar tu sociedad o asociación civil bajo este esquema, es importante que antes conozcas los requisitos que tienes que cumplir. De acuerdo a la Ley del ISR, las donatarias tienen que cumplir con lo siguiente:

Las donatarias autorizadas deben dedicarse a alguna de las siguientes actividades:

  • Actividades de asistencia o beneficencia
  • Sociedades o asociaciones civiles que se dediquen a la enseñanza
  • Sociedades o asociaciones civiles que se dediquen a la investigación científica o tecnológica
  • Sociedades o asociaciones civiles sin fines de lucro que trabajen por la conservación de la flora y fauna silvestre
  • Sociedades o asociaciones civiles sin fines de lucro que se dediquen a la reproducción de especies protegidas o en peligro de extinción

Además de dedicarse a alguna de estas actividades, es importante que estén registradas en el SAT y que tengan el estatus de vigentes.

Las donatarias autorizadas tienen que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Una parte sustancial de sus ingresos la deben obtener del gobierno o de la realización de su objeto social.
  • Que no se involucren en actividades políticas o de propaganda.
  • Pueden involucrarse en cabildeo, siempre que no se haga a favor de sus donatarios.
  • Destinar sus activos exclusivamente a la realización de su objeto social.
  • Informar al público lo relativo a la autorización para recibir donativos y el uso que se dio a los mismos.
  • Al momento de su liquidación o cambiar su domicilio fiscal deberán destinar la totalidad de su patrimonio a entidades autorizadas para recibir donativos deducibles.
  • Notificar al SAT a más tardar el 17 del mes posterior de recibir un donativo si el donativo fue hecho en efectivo (en moneda nacional extranjera), oro o plata y el monto es superior a los 100 mil pesos.
  • Notificar al SAT de las operaciones que realicen con partes relacionadas.
  • Contar con las estructuras y procesos de un gobierno corporativo

 El proceso de certificación se hace a través de la página del SAT, es gratuito y se puede presentar siempre que lo requieras.


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