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Estas son las modificaciones a las reglas para las instituciones de seguros

Se publicaron nuevas disposiciones en materia de transparencia y publicidad.




seguros, aseguradora
Foto: Shutterstock
6 junio, 2018

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo con el que se modifican las Disposiciones de Carácter General en Materia de Sanas Prácticas, Transparencia y Publicidad aplicables a las instituciones de seguros; estos son los cambios más importantes:

  • Punto XI del artículo 3. Ahora es obligatorio entregar al usuario los folletos de la Circular Única de Seguros y Fianzas.
  • Punto VI del artículo 4. En la contratación telefónica se debe de establecer un medio cierto para la entrega de la documentación que avala la contratación del producto de seguro y que contiene las obligaciones y coberturas que ampara.
  • Artículo 6. Los contratos de adhesión se integran por: solicitud, carátula de la póliza, consentimientos individuales, certificados individuales, condiciones generales y especiales, endosos y los folletos referidos en la Circular Única de Seguros y Fianzas.
  • Artículo 7. La Condusef podrá solicitar en cualquier momento a las instituciones de seguros las solicitudes que deba firmar el asegurado, la carátula de la póliza, las condiciones generales y especiales, los endosos, certificados individuales, consentimientos individuales, recibos de pago de primas, estados de cuenta y los folletos para verificar que la documentación que se utiliza con los usuarios para administrar los productos cumple con la normativa aplicable. Para esto, debe darse aviso previo a la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
  • Artículo 11. Las instituciones de seguros deberán incluir en sus condiciones generales el número de registro en el Registro de Contratos de Adhesión a Seguros otorgado por Condusef.

Todos estos cambios entraron en vigor el 25 de mayo del 2018.

Las instituciones de seguros y de fianzas son una de las industrias más importantes del sector financiero mexicano. Entre sus actividades se encuentran:

Presentar reportes de operaciones a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas; reportar información sobre la capacitación realizada en cada institución, así como reportar anualmente el programa de capacitación a implantar, y realizar monitoreo automatizado de las operaciones mensuales presentadas en la institución, con la finalidad de identificar automáticamente alertas y posibles incidencias a reportar a la autoridad.

La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas es la encargada de supervisar que la operación de los sectores asegurador y afianzador se apegue a la ley. Con esto se busca garantizar los intereses del público y promover el desarrollo de estos sectores para extender su cobertura.


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