La multa del SAT por expedir comprobantes después de 72 horas no procede en este caso
Una multa por expedir comprobantes de operaciones con el público en general después de 72 horas resultó ilegal, por violar el principio de taxatividad.
Una multa por expedir comprobantes de operaciones con el público en general después de 72 horas resultó ilegal, por violar el principio de taxatividad.
La multa por devolución indebida no aplica si el contribuyente ni siquiera había solicitado ese saldo a favor.