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Deducciones personales

¿Qué son las Deducciones Personales SAT 2025 y Cómo Funcionan?

Las deducciones personales representan gastos que la legislación fiscal mexicana permite restar de tus ingresos en la declaración anual, reduciendo legalmente tu pago de impuestos. Incluyen consultas médicas, colegiaturas, seguros, créditos hipotecarios y más gastos deducibles autorizados por el SAT.

Límite Máximo para 2025:

$206,367.60

(Equivalente a 5 UMAs anuales) o el 15% del total de tus ingresos anuales

Se aplica la cantidad que resulte menor

¿Quiénes pueden aplicar deducciones?

Personas físicas con ingresos por:

  • Sueldos y Salarios
  • Actividades Empresariales y Profesionales
  • Plataformas Tecnológicas (con declaración anual)
  • Arrendamiento
  • Intereses
  • Dividendos
  • Demás Ingresos, Premios, Enajenación de Bienes, Adquisición de Bienes

Exclusiones

NO pueden deducir:

  • Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)
  • Contribuyentes de plataformas digitales durante 2025 sin presentar declaración anual

Requisitos Generales de Facturas

  • RFC: Correctamente registrado
  • Tipo de producto/servicio: Con “Uso de CFDI” especificado
  • Forma de pago: Transferencia electrónica, tarjeta (crédito/débito/servicio), cheque nominativo
  • Cuenta: El pago debe realizarse desde una cuenta a tu nombre

1. Gastos Médicos y Hospitalarios

Definición

Los gastos médicos son aquellos relacionados con atención médica que pueden aplicarse en la declaración anual, incluyendo consultas y medicamentos hasta hospitalizaciones y cirugías.

Gastos Considerados Deducibles

  • Honorarios médicos
  • Tratamientos y consultas dentales
  • Servicios de psicología y nutrición
  • Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
  • Gastos hospitalarios
  • Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (solo de hospitales, no farmacias)
  • Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis
  • Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación
  • Honorarios a personal de enfermería
  • Lentes ópticos graduados

Beneficiarios Elegibles

Pueden deducirse gastos propios o de:

  • Cónyuge
  • Pareja en concubinato
  • Padres
  • Abuelos
  • Hijos
  • Nietos

Condición: Los familiares no deben percibir ingresos iguales o mayores a $41,274.00 en el ejercicio 2025.

Requisitos de Facturación

La factura debe cumplir:

  • RFC escrito correctamente
  • Indicar forma de pago utilizada
  • Campo “Uso de CFDI” con claves:
    • D01 – Honorarios médicos, dentales y hospitalarios
    • D02 – Gastos por incapacidad o discapacidad
  • Clave de producto y servicio correspondiente

Límites de Deducción

Límite general: No deben exceder el monto que resulte menor entre $206,367.60 (cinco veces el valor anual de la UMA) o el 15% de tus ingresos anuales.

Caso especial – Incapacidad o Discapacidad ≥50%:

Se deduce el 100% del gasto

Se requiere certificado de reconocimiento o constancia de incapacidad expedida por instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud con calificación de discapacidad.

Lentes ópticos:

Límite de $2,500 en el ejercicio

Requieren descripción en comprobante o diagnóstico de oftalmólogo/optometrista.

Consideraciones Importantes

Profesionales

Facturas por honorarios médicos, dentales, psicología y nutrición deben ser emitidas por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.

  • Período fiscal: Las deducciones deben corresponder al mismo ejercicio fiscal al que corresponde la declaración. No se pueden deducir gastos de otros ejercicios.
  • Método de pago: Debe realizarse mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicio, así como cheque nominativo desde cuenta a nombre del contribuyente.
  • Carga de facturas: Las facturas que solicitas se cargan automáticamente al sistema y aparecen en tu listado al realizar tu declaración anual. En el caso de que no aparezcan en el sistema, debes cargarlas manualmente.

Gastos NO Deducibles

  • Medicinas compradas en farmacias
  • Facturas incluyendo coaseguro, membresías de descuento, gastos de florería, cafetería
  • Gastos sin comprobante fiscal del ejercicio correspondiente
  • Gastos médicos de mascotas

Nota sobre Seguros

Las primas de seguros de gastos médicos mayores son deducibles, pero en tu declaración anual debes aplicarlas dentro del tipo de deducción D07 Primas de seguros de gastos médicos y no como un gasto médico.

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2. Primas por Seguros de Gastos Médicos

Definición

Las primas son cuotas que se pagan periódicamente a la aseguradora para mantener activa la póliza y tener derecho a la cobertura de gastos médicos.

Gastos Deducibles

Puedes deducir pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes realizados para:

  • Ti mismo
  • Tu cónyuge
  • Concubino(a)
  • Ascendientes o descendientes en línea recta

Restricción de ingresos: Los beneficiarios no deben percibir ingresos iguales o mayores a $41,274.00 en el ejercicio 2025.

Requisitos del Comprobante Fiscal

Tu factura debe incluir:

  1. El seguro debe estar a nombre de quien realiza la deducción
  2. El comprobante debe indicar la forma de pago utilizada
  3. Tu RFC escrito correctamente
  4. “Uso de CFDI” con clave D07 Primas por seguros de gastos médicos
  5. Concepto facturado claro y correspondiente a la prima contratada
  6. Clave de producto y servicio relacionada con esta deducción personal

Claves de Productos y Servicios Aplicables

Clave Descripción
84131602 Seguros de asistencia médica y hospitalización
84131603 Seguros de daños personales por accidente

Límites de Deducción

El monto total de tus deducciones personales no debe exceder el menor entre:

$206,367.60

(cinco veces el valor anual de la UMA)

O

El 15% de tus ingresos anuales

Métodos de Pago Válidos

Los pagos deben realizarse mediante:

  • Transferencia electrónica
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
  • Tarjeta de servicio
  • Cheque nominativo

Condición importante: El pago debe provenir de una cuenta a tu nombre.

Carga de Facturas

Las facturas solicitadas se cargan automáticamente al sistema y aparecen en tu listado de declaración anual. Si no aparecen, debes cargarlas manualmente siguiendo la guía-tutorial disponible.

Gastos NO Deducibles

  • Otros tipos de seguros (vida, retiro)
  • El 100% de tu factura si incluye conceptos no deducibles
  • Gastos sin comprobante fiscal emitido en el ejercicio correspondiente
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3. Colegiaturas

Descripción General

Las deducciones por pagos de colegiaturas constituyen un estímulo fiscal que permite reducir ingresos anuales obtenidos. Los montos deducibles varían según el nivel educativo cursado.

Instituciones Elegibles

Solo se pueden deducir pagos a instituciones con autorización o reconocimiento de validez oficial, en términos de la Ley General de Educación.

Las escuelas deben consultarse en el listado oficial del SAT.

Gastos Deducibles

Personas que califican:

  • Deductor mismo
  • Cónyuge del deductor
  • Persona con quien vive en concubinato
  • Ascendientes (padres, abuelos)
  • Descendientes en línea recta (hijos, nietos)

Condiciones de los beneficiarios:

No deben percibir ingresos que excedan el valor anual de la UMA equivalente a $41,273.52

Concepto pagable:

Los pagos deben cubrir los servicios correspondientes a la enseñanza del alumno, de acuerdo con los programas y planes de estudio autorizados para ese nivel educativo.

Límites Anuales de Deducción por Nivel

Nivel Educativo Límite Anual
Preescolar $14,200
Primaria $12,900
Secundaria $19,900
Profesional técnico $17,100
Bachillerato o equivalente $24,500

Requisitos de Factura

El comprobante fiscal debe incluir:

  1. Complemento de datos: nombre completo y CURP del estudiante, nivel escolar, clave RVOE
  2. Forma de pago: indicación del método utilizado
  3. RFC: escrito correctamente en la factura
  4. Uso de CFDI: debe contener la clave D10 Pagos por servicios educativos
  5. Claves de producto/servicio: deben corresponder a deducciones educativas

Métodos de Pago Válidos

Los pagos deben realizarse mediante:

  • Transferencia electrónica
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
  • Tarjeta de servicio
  • Cheque nominativo

Requisito crítico: El pago tiene que ser realizado desde una cuenta a su nombre.

Consideraciones Especiales

Múltiples niveles en un año

Si durante el mismo año fiscal se realizan pagos en dos niveles distintos, el límite de deducción aplicable será el correspondiente al nivel con el monto más alto, sin importar en cuál se inició o concluyó.

Carga de facturas

Las facturas se cargan automáticamente al sistema y aparecen en el listado de declaración anual. Si no aparecen, deben cargarse manualmente siguiendo la guía-tutorial proporcionada.

Conceptos NO Deducibles

Explícitamente se excluyen:

  • Cuotas de inscripción o reinscripción
  • Becas o apoyos económicos
  • Útiles escolares
  • Uniformes
  • Actividades recreativas
  • Recargos
  • Cursos extracurriculares
  • Otros conceptos adicionales no relacionados con enseñanza

“Si en la factura se incluyen otros conceptos como inscripción, reinscripción, becas o apoyos económicos, útiles escolares, uniformes, actividades recreativas, recargos, cursos extracurriculares, entre otros, estos no son deducibles.”

Códigos de Productos y Servicios Elegibles

Clave Descripción
86111500-502 Servicios de aprendizaje a distancia
86121500-504 Escuelas preescolares, primarias y secundarias
86121600-602 Bachillerato y profesional técnico
86131900-902 Escuelas para personas con discapacidades
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4. Transporte Escolar

Gastos Deducibles

Se pueden deducir pagos por transporte escolar en dos casos:

  1. Cuando sea obligatorio según disposiciones jurídicas del área
  2. Cuando el gasto se incluya en la colegiatura para estudiantes

Los pagos deben ser realizados para tus descendientes en línea recta.

Requisitos de Factura

La factura debe cumplir con:

  • El concepto debe corresponder exclusivamente a transporte escolar, separado de colegiaturas, inscripción y útiles
  • Campo “Uso de CFDI” debe indicar: D08 Gastos de transportación escolar obligatoria
  • Clave de producto/servicio válida para esta deducción
  • RFC del contribuyente escrito correctamente
  • Indicación de forma de pago utilizada

Límites de Deducción

El monto máximo es cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales, equivalente a:

$206,367.60

o del 15% del total de ingresos, lo que resulte menor.

Métodos de Pago Válidos

Deben realizarse mediante:

  • Transferencia electrónica
  • Tarjeta de crédito, débito o servicio
  • Cheque nominativo

Requisito: Realizados desde cuenta a nombre del contribuyente

Gastos No Deducibles

  • Transportación para excursiones y eventos especiales
  • Taxis, gasolina, seguros de transporte
  • Facturas pagadas en efectivo
  • Servicios cuando la escuela no obliga a todos los alumnos a contratarlos

Claves de Producto/Servicio Válidas

Clave Descripción
25101500 Vehículos de pasajeros
78101604 Vehículos de servicios de transporte
78111802 Servicios de buses con horarios programados
78111803 Servicios de buses contratados
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5. Aportaciones Complementarias y Voluntarias para el Retiro

Gastos Deducibles

Puede deducir aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias realizadas directamente a tu subcuenta si cumplen requisitos de permanencia.

Las contribuciones deben destinarse para usar cuando alcance los 65 años o en casos de invalidez/incapacidad, conforme a leyes de seguridad social.

Requisitos de Factura

El comprobante debe incluir:

  • Su RFC correctamente escrito
  • Forma de pago utilizada
  • Campo “Uso de CFDI” con clave D06 Aportaciones voluntarias al SAR

Límites de Deducción

Puede deducir el monto menor entre:

  • 10% del ingreso anual acumulable del ejercicio
  • O
  • Cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales: $206,367.60

Condiciones de Pago

El pago debe efectuarse mediante:

  • Transferencia electrónica
  • Tarjeta de crédito, débito o servicio
  • Cheque nominativo

Requisito: La transacción debe realizarse desde una cuenta a su nombre.

Carga de Facturas

Las facturas se cargan automáticamente al sistema. Si no aparecen, debe cargarlas manualmente siguiendo la guía-tutorial proporcionada.

Comprobante Anual

En febrero del año siguiente, la institución receptora debe emitir comprobante fiscal que incluya la constancia anual para prellenado de declaración.

Requisitos del Contrato

El contrato de apertura debe incluir:

  • Mención de que es plan de retiro
  • Efectos fiscales de aportaciones, rendimientos y retiros
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6. Depósitos en Cuentas Personales Especiales para el Ahorro

Gastos Deducibles

Puedes deducir depósitos realizados a cuentas personales especiales para ahorro o pagos de primas de seguros que cumplan estos criterios:

  • Deben basarse en planes personales relacionados con edad, jubilación o retiro
  • Incluyen planes de pensiones y adquisición de acciones de fondos de inversión
  • Deben realizarse antes de presentar la declaración anual
  • Deben cumplir requisitos de permanencia establecidos

Requisitos del Comprobante Fiscal

La institución administradora debe emitir un comprobante que incluya:

  • “Se constituye en términos del artículo 185 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)”
  • Campo “Uso de CFDI” con clave D09 (Depósitos en cuentas para ahorro, primas de pensiones)
  • RFC correcto del contribuyente
  • Forma de pago utilizada
  • Montos correspondientes al ejercicio fiscal

Límite de Deducción

El monto de estos pagos o depósitos no debe exceder de:

$152,000.00 al año

Métodos de Pago Aceptados

  • Transferencia electrónica
  • Tarjeta de crédito, débito o servicio
  • Cheque nominativo

Requisito: Pagos desde cuenta a nombre del contribuyente

Procedimiento

Los comprobantes se cargan automáticamente al sistema y aparecen en la declaración anual. Si no aparecen, deben cargarse manualmente siguiendo la guía tutorial disponible.

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7. Créditos Hipotecarios

Gastos Deducibles

Se pueden deducir los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios destinados a:

  • Construcción de casa habitación
  • Remodelación de casa habitación
  • Adquisición de casa habitación

Estos créditos deben estar contratados con el sistema financiero, INFONAVIT, FOVISSSTE u otras instituciones similares.

Requisitos de la Factura para Deducibilidad

La factura debe cumplir con los siguientes elementos:

  1. RFC correcto: Debe estar escrito correctamente en el comprobante
  2. Forma de pago: El comprobante fiscal debe indicar la forma de pago utilizada
  3. Clave del CFDI: El campo “Uso del CFDI” debe contener D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios
  4. Ubicación del inmueble: Debe contener la dirección del inmueble hipotecado
  5. Monto de intereses: Debe incluir tanto los intereses nominales devengados como los pagados en el ejercicio

Formas de Pago Válidas

El pago debe realizarse mediante:

  • Transferencia electrónica
  • Tarjeta de crédito
  • Tarjeta de débito
  • Tarjeta de servicio
  • Cheque nominativo

Condición importante: El pago debe efectuarse desde una cuenta a nombre del contribuyente.

Límites de Deducción

Existen dos límites máximos:

1. Límite general de deducciones personales

No deben exceder el menor de:

  • Cinco veces el valor anual de la UMA: $206,367.60
  • O 15% de los ingresos anuales

2. Límite del crédito

El crédito otorgado no debe exceder de 750 mil UDIS al 31 de diciembre de 2025

Casos Especiales – Fideicomisos

En caso de fideicomiso, se consideran créditos hipotecarios los destinados a:

  • Adquisición de casa habitación
  • Construcción de casa habitación
  • Remodelación de casa habitación
  • Pago de pasivos destinados exclusivamente a estos fines

Requisitos Adicionales para Deducción Correcta

  • La institución financiera debe tener registrado el RFC correcto del contribuyente
  • Las facturas se cargan automáticamente al sistema y aparecen en la declaración anual
  • Si las facturas no aparecen automáticamente, deben cargarse manualmente siguiendo la guía-tutorial disponible
  • La información del prellenado proviene de los datos que la institución financiera reporta al SAT

Conceptos NO Deducibles

No se pueden deducir conceptos distintos a los intereses reales, como:

  • Seguros
  • Recargos
  • Intereses ordinarios
  • Servicios financieros
  • Honorarios
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8. Gastos Funerarios

Gastos Considerados Deducibles

Los contribuyentes pueden deducir:

  • Gastos funerarios directos
  • Gastos funerales a futuro (solo deducibles en el año calendario en que se utilizan los servicios)

Gastos de familiares en línea recta:

  • Cónyuge
  • Concubino(a)
  • Padres
  • Abuelos
  • Hijos
  • Nietos

Restricción de ingresos familiares: Los familiares cuyos gastos se deducen no deben percibir ingresos que excedan la UMA anual equivalente a $41,273.52

Servicios Incluidos en la Deducción

Ataúd, cripta, servicios de velación, cremación, inhumación, traslados y derechos funerarios, entre otros.

Límites de Deducción

Límite individual de gastos funerarios

Máximo UMA anual de $41,273.52

Límite general de deducciones personales

El total combinado no puede exceder cinco UMA anuales ($206,367.60) o el 15% de ingresos anuales, lo que sea menor.

Nota: Esta restricción general no aplica a gastos médicos por incapacidad/discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias, aportaciones complementarias de retiro, cuentas especiales de ahorro y colegiaturas.

Requisitos de Facturación

La factura debe contener:

  • RFC del contribuyente escrito correctamente
  • Forma de pago especificada
  • Campo “Uso de CFDI” con clave D03 Gastos funerales
  • Clave de producto y servicio relacionada con deducción funeraria

Métodos de Pago Válidos

Transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o de servicio, así como cheque nominativo

El pago debe realizarse desde una cuenta a nombre del contribuyente.

Gastos No Deducibles

  • Gastos funerarios a futuro no utilizados en el año fiscal
  • El 100% de facturas que incluyan conceptos no deducibles (cafetería, exhumación)
  • Gastos funerarios de mascotas

Catálogo de Productos y Servicios Deducibles

Clave Descripción
42261800 Equipo y suministros de transporte y almacenaje del cadáver
14111827 Certificados de defunción
25101934 Coche fúnebre
42262100 Equipo y suministros funerarios
42262101 Trajes mortuorios
42262102 Paquetes mortuorios
42262103 Lienzos mortuorios
48131500 Productos de entierro o tumbas
48131501 Cajas de cenizas funerarias o urnas de cremación
48131502 Ataúdes
48131503 Mortajas
48131504 Lápidas
48131505 Tabla de ofrecimientos en piedra
85171500 Servicios funerarios y asociados
85171501 Excavación de tumbas

Procedimiento de Carga de Facturas

Las facturas se cargan automáticamente al sistema y aparecen en el listado de declaración anual. Si no aparecen, el contribuyente debe cargarlas manualmente siguiendo la guía-tutorial disponible.

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9. Donativos

Qué se puede deducir

Se pueden deducir donativos no onerosos ni remunerativos que se otorgan a instituciones autorizadas, incluyendo:

  • Instituciones privadas autorizadas como Donatarias
  • Federación
  • Entidades federativas
  • Municipios
  • Organismos descentralizados

Límites de deducción

Para instituciones privadas autorizadas

El monto total no puede exceder del 7% de los ingresos acumulables del Impuesto sobre la Renta del ejercicio anterior.

Para Federación, entidades, municipios u organismos descentralizados

El límite máximo es del 4% de los ingresos acumulables

Requisitos del comprobante fiscal

La factura debe incluir:

  • Complemento de “Donatarias Autorizadas” con clave de “Uso de CFDI” D04
  • Registro de la donataria como autorizada
  • Clave de producto y servicio correspondiente (84101603 para ayuda no gubernamental)
  • RFC del donante escrito correctamente
  • Forma de pago especificada

Formas de pago válidas

El pago debe realizarse mediante:

  • Transferencia electrónica
  • Tarjeta de crédito, débito o de servicio
  • Cheque nominativo

El pago debe provenir de cuenta a nombre del contribuyente.

Qué NO es deducible

  • Donativos a instituciones no autorizadas
  • Donativos sin comprobante fiscal
  • Comprobantes emitidos en ejercicios diferentes al de la deducción
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Preguntas Frecuentes sobre Deducciones Personales 2025

¿Cuándo puedo aplicar mis deducciones personales?

Debes aplicar tus deducciones personales durante la presentación de tu declaración anual de impuestos, que generalmente se realiza entre abril y junio del año siguiente al ejercicio fiscal. Para 2025, la declaración se presentará en 2026.

¿Puedo deducir gastos de mis familiares?

Sí, puedes deducir gastos de tu cónyuge, concubino(a), padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que estos familiares no perciban ingresos superiores a $41,274.00 anuales (1 UMA anual en 2025).

¿Qué pasa si mis gastos deducibles superan el límite?

Si tus gastos deducibles totales superan el límite de $206,367.60 o el 15% de tus ingresos (lo que sea menor), solo podrás deducir hasta ese límite máximo. El excedente no se podrá aplicar ni trasladar a otros ejercicios fiscales.

¿Necesito presentar las facturas físicamente al SAT?

No. Las facturas electrónicas (CFDI) se cargan automáticamente al sistema del SAT. Solo necesitas verificar en el Visor de Deducciones Personales que todas tus facturas estén registradas correctamente.

¿Puedo deducir si estoy en el RESICO?

No. Los contribuyentes que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) no pueden aplicar deducciones personales en su declaración anual.

¿Las deducciones personales me garantizan un saldo a favor?

No necesariamente. Las deducciones personales reducen tu base gravable, lo que puede disminuir tu impuesto a pagar o aumentar tu saldo a favor, pero esto depende de tus ingresos totales y los impuestos ya retenidos durante el año.

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Recursos Adicionales para Optimizar tus Deducciones SAT

Herramientas disponibles

  • Visor de deducciones personales: Disponible en la plataforma del SAT para consultar tus facturas registradas
  • Infografía: “Qué debe contener tu factura para que tu gasto pueda ser considerado deducible”
  • Guía-tutorial: Para registrar manualmente una factura en la Declaración Anual

Carga de Facturas

En la mayoría de los casos, las facturas que solicitas se cargan automáticamente al sistema del SAT y aparecen en tu listado al realizar tu declaración anual.

Si alguna factura no aparece en el sistema, debes cargarla manualmente siguiendo la guía-tutorial disponible en el portal del SAT.

Recomendaciones Generales

  • Guarda todas tus facturas y comprobantes de pago
  • Verifica que tu RFC esté correctamente registrado en todas las facturas
  • Asegúrate de que las formas de pago estén especificadas en los comprobantes
  • Revisa que el “Uso de CFDI” sea el correcto para cada tipo de deducción
  • Realiza tus pagos desde cuentas a tu nombre mediante métodos válidos
  • Consulta el visor de deducciones personales antes de presentar tu declaración