Aprueban reforma que avala a la UIF para bloqueo de cuentas
Las instituciones financieras tendrán ahora la obligación de avisar a personas físicas o morales sobre el bloqueo de sus cuentas bancarias
La Cámara de Senadores aprobó el martes el dictamen que reforma la Ley de Instituciones de Crédito, con la que se deja a las instituciones financieras la obligación de avisar a personas físicas o morales sobre el bloqueo de sus cuentas bancarias y se retira tal obligación a la Unidad de Inteligencia Financiera de Hacienda (UIF).
Cabe recordar que la reforma fue aprobada en la Cámara de Diputados en 2019, pero en el Senado sufrió modificaciones en 2020.
Ayer, la Cámara de Diputados validó los cambios en lo general y en lo particular con 266 votos de Morena, Partido del Trabajo y Partido Verde (PVEM) y la remitió al Ejecutivo para su promulgación.
Los cambios
La reforma incluye cambios en el Capítulo V del Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito sobre la garantía de audiencia de las personas incluidas en la lista de personas bloqueadas.
El dictamen original señala el procedimiento a seguir por quienes sean incluidos en la Lista de Personas Bloqueadas, que tendrán un plazo de 10 días hábiles para presentar su respuesta.
Adicionalmente, establecía que tal plazo contaba al día siguiente en que la UIF de la Secretaría de Hacienda y la institución de crédito correspondiente hubieran notificado por escrito los fundamentos, causa o causas de la inclusión en la lista de personas bloqueadas.
De acuerdo con Expansión, el argumento es que con la reforma se da rango legal a la práctica ya común ejercida por UIF para bloquear cuentas bancarias sin orden de un juez.
Este martes, la minuta del Senado que se ratificó, retiró la mención de la UIF como responsable de hacer las notificaciones y se le dejó la atribución sólo a las instituciones de crédito, además de que se canceló el requisito de hacer el aviso “por escrito”.
Ante esto, los diputados de Acción Nacional (PAN), del Revolucionario Institucional (PRI) y García Anaya, de Morena, votaron en contra.
La discusión
“Las instituciones de seguridad y justicia de nuestro país cada día están más extraviadas, no quieren entender que la UIF no puede, ni debe ser policía, ni contar con atribuciones que por mandato constitucional sólo le corresponden al Ministerio Público”, argumentó la panista Patricia Terrazas.
Por su lado, Marcelino Castañeda, por el PRD, dijo que el actual gobierno ha utilizado a la UIF como un aparato represor e intimidador.
“Ahora quieren venir a darle otra arma: institucionalizar la intimidación mediante la posibilidad de congelar cuentas”, refirió.
El diputado del PRI, José Yunes, opinó que la reforma da facultades a la Unidad de Inteligencia Financiera para bloquear cuentas sin que medie mandato judicial.
Además, condenó que se haya retirado la obligación de la UIF de notificar, ni siquiera por escrito, a quien se vulnera un derecho elemental de tener información sobre un procedimiento en su contra.
La respuesta de la UIF
En un comunicado la Unidad de Inteligencia Financiera rechazó que se trate de una nueva atribución:
“(Se) reconoce y agradece a la Cámara de Diputados la aprobación del dictamen por el que se reforma a la denominación del Título Quinto y se adiciona un capítulo V al Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito. Con esta reforma legal se introducen elementos para garantizar los derechos de quienes son incluidos en la lista de personas bloqueadas dentro del sistema financiero.
“Es pertinente aclarar que, contrario a lo interpretado por algunos medios, la reforma aprobada no contiene ninguna nueva atribución de la UIF, la cual mantendrá las funciones conferidas en esta materia a la SHCP”, se lee en el texto difundido por la institución.
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