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La autoridad fiscal puede actualizar la contribución al emitir la liquidación de una obligación tributaria

El objetivo de la actualización es darle el valor real al monto de la contribución en el momento del pago, para que el fisco reciba una suma equivalente a la que hubiera recibido de haberse cubierto en tiempo la contribución.



(Imagen: Shutterstock)
11 noviembre, 2019

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece el procedimiento conforme al cual debe realizarse la actualización de las contribuciones por el transcurso del tiempo y ante los cambios de precios en el país. [CFF 17-A y 21].

El objetivo de la actualización es darle el valor real al monto de la contribución en el momento del pago, para que el fisco reciba una suma equivalente a la que hubiera recibido de haberse cubierto en tiempo la contribución.

En este contexto, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinó que la autoridad fiscal se encuentra sujeta a realizar dicha actualización conforme a ese procedimiento. Esto al momento de emitir la liquidación correspondiente, que es cuando cuantifica y notifica al contribuyente una obligación tributaria.

Por eso, es legal que al emitir la liquidación se establezca la situación fiscal del contribuyente de manera definitiva, en la que se haga de su conocimiento la determinación del crédito con la correspondiente actualización.

Esto lo determinåo la Sala Superior del TFJA mediante la jurisprudencia número VIII-J-2aS-82.

Puedes revisar la tesis aquí / Páginas: 41 a la 43 / Criterio de búsqueda: Actualización de la contribución / Clave: VIII-J-2aS-82 / Publicación: octubre de 2019.


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