El Contribuyente
Síguenos
empty

Así reciben los estados el ISR retenido a sus propios empleados por Hacienda

Si bien el ISR no es un impuesto estatal, sino federal, las entidades federativas pueden recibirlo de manos del gobierno federal.



Así hacen los estados para recibir el ISR retenido a sus trabajadores de manos de Hacienda.
(Imagen: Shutterstock)
19 junio, 2019

En nuestro país hay distintos impuestos dependiendo del nivel de gobierno. Nos referimos a los impuestos federales, estatales y municipales. Como su nombre lo indica, los primeros son recaudados por el gobierno federal (como el ISR o el IVA); los segundos, por los gobiernos estatales (como la tenencia); y los últimos, por los gobiernos municipales (como la plusvalía).

Sin embargo, desde 2015 los gobiernos estatales reciben el impuesto sobre la renta retenido al salario del personal que preste un servicio personal subordinado en alguna de sus dependencias. ¿Por qué? Esto de conformidad al artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). La LCF establece la participación de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales en los recursos federales (artículo 1).

¿Cuáles son los requisitos para obtener el ISR?

Para que las entidades federativas reciban la totalidad del impuesto, es necesario que previamente los enteren al gobierno federal. Posteriormente, dice el 3-B, las entidades federativas deberán participar a sus municipios o demarcaciones territoriales la totalidad del mismo.

Adicionalmente tienen que cumplir con Reglas de operación para la aplicación del Artículo 3-B de la Ley de Coordinación Fiscal”.

Los requisitos que se establecen son fundamentalmente dos:

  1. Que el salario sea efectivamente pagado con cargo a sus participaciones u otros ingresos locales, y
  2. que enteren al gobierno federal lo retenido correspondiente a los salarios pagados con recursos federales.

Como la única forma de distinguir el origen de los recursos usados para pagar los salarios, los estados deberán llenar correctamente el CFDI de nómina.

No hay requisitos adicionales

En un comunicado emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), se señala que no existen requerimientos adicionales. Además, que no es necesario el apoyo de intermediarios, como despachos o empresas privadas.


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral), a la Agenda Inteligente (las noticias de negocios más relevantes).





Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y a nuestro canal de YouTube.



Te puede interesar

¿Qué es el servicio de conciliación de factura del SAT?

¿Cuándo no se paga ISR por intereses recibidos?

¿Cómo puedo saber si mi devolución de impuestos fue aceptada o rechazada?

Cómo optimizar deducciones en la Declaración Anual