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Esta es la diferencia entre la defensa y la excepción en derecho laboral

Se trata de dos maneras en las que, en materia laboral, puede defenderse el demandado.



Foto: Shutterstock
23 abril, 2019

En materia laboral, la defensa y la excepción son dos maneras o hipótesis mediante las cuales el demandado puede defenderse de una demanda e impugnarla.

La defensa se lleva a cabo negando o contradiciendo todos o parte de los puntos de hecho o de derecho en que la parte demanda se funde y su efecto es arrojar la carga de la prueba al demandante, así como obligar al juez a examinar todos los elementos constitutivos de la acción.

Mientras que la excepción es donde se muestran hechos que tienden a impedir, modificar o destruir la acción. Por eso, la excepción es un medio para retardar el curso de la demanda, para lo cual es necesario que se determine, con precisión, el hecho en que se hace consistir, y su efecto lo obliga a probarla plenamente.

Cuando el trabajador ejerce la acción de reinstalación, sustentado en el hecho de haber sido despedido injustificadamente, el patrón puede oponer defensas y excepciones. En el caso de la defensa, reconociendo o negando la existencia del hecho, pero si opta por oponer una excepción, no sólo implica la negativa del hecho, sino también la de justificar que la terminación de la relación laboral tuvo sustento en alguna causa legal que lo libere de responsabilidad, lo que conlleva asumir la carga de la prueba y demostrar los hechos o el derecho en que la sustenta.

Puedes revisar la tesis aquí. O en el Semanario Judicial de la Federación con este criterio de búsqueda: Defensa y excepción en materia laboral; catálogo: I.16o.T.48 L (10a.); publicada el 22 de febrero de 2019.


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