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Para tributar como persona moral sin fines de lucro, debes ser donataria autorizada

Es necesario cumplir con el requisito para poder ser considerado no contribuyente del ISR.



Foto: Shutterstock
29 marzo, 2019

Las sociedades o asociaciones civiles no serán sujetas del impuesto sobre la renta (ISR), siempre que estén organizadas sin fines de lucro, se encuentren autorizadas para recibir donativos y tengan como beneficiarios a personas, sectores y regiones de escasos recursos, comunidades indígenas y grupos vulnerables por edad, sexo o discapacidad, dedicadas entre otras actividades, a la ayuda para servicios funerarios (Ley del Impuesto Sobre la Renta 79, fr. VI, inciso e).

En ese sentido, en opinión de la Procuraduría de la Defensa de los Contribuyentes (Prodecon) si una sociedad o asociación civil organizada sin fines de lucro se dedica a la actividad mencionada pero no cuenta con la autorización para recibir donativos, no cumple con los requisitos para tributar bajo el régimen de las personas morales con fines no lucrativos.

Eso se debe a que el legislador dispuso que sólo las sociedades y asociaciones civiles organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en el supuesto mencionado, podrán ser consideradas como no contribuyentes del ISR, es decir, que dicha autorización es un requisito sine qua non(esencial) establecido por el legislador.

Puedes revisar estos criterios sustantivos aquí / Año: 2019 / Subprocuraduría: Análisis Sistémico y Estudios Formativos / clave: 3/2019/CTN/CS-SASEN


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