5 gastos deducibles que no debes pasar por alto al hacer tu declaración anual
Recuerda que la nueva fecha límite para presentar la declaración es el 15 de mayo.

Aprovechando que la ventana de tiempo para presentar la declaración seguirá abierta por más tiempo, te recordamos algunos gastos deducibles que no debes pasar por alto.
- Gastos médicos
Los gastos médicos, siempre que sean para ti o un familiar inmediato que dependa económicamente de ti (no deben tener ingresos superiores a 27 mil 538 pesos en el ejercicio 2017), son deducibles. Contar con el CFDI que ampare la compra es indispensable, además necesitas que el pago se haya realizado por un medio bancarizado, como pago con tarjeta de débito o crédito, cheque nominativo o transferencia bancaria.
- Seguros
Son deducibles las primas por seguros de gastos médicos pagadas a instituciones privadas. Nuevamente es necesario que cuentes con el CFDI y que el beneficiario del seguro seas tú o un familiar inmediato.
- Gastos funerarios
Los gastos funerarios también son deducibles. El límite de la deducción es de una UMA anual; es decir, 27 mil 538 pesos. Son deducibles siempre que se hayan hecho el mismo año del ejercicio y que se cuente con el CFDI.
- Ahorro para el retiro
Los trabajadores afiliados al IMSS pueden deducir las aportaciones a su ahorro para el retiro hasta por el 10 por ciento de sus ingresos, el límite superior es de 5 UMAS anuales, o 137 mil 694 pesos. Los requisitos son que el ahorro se destine a un plan para el retiro y tener el fondo a los 65 años.
- Donativos
Los donativos hechos a la federación, estados, municipios, donatarias autorizadas y escuelas con reconocimiento oficial pueden ser deducidos hasta por un 7 por ciento de los ingresos del contribuyente. Si se trata de donativos hechos a la federación, estados, municipios u organismos descentralizados, el límite es menor, del 4 por ciento.
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