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Las RIF no tendrán que expedir complemento para recepción de pagos



Las RIF no tendrán que expedir complemento para recepción de pagos
Foto: Shutterstock
22 diciembre, 2017

El beneficio durante el ejercicio fiscal 2018.


El SAT le desea feliz Navidad a los contribuyentes inscritos en el régimen de incorporación fiscal (RIF), pues no tendrán que emitir el complemento de recepción de pagos durante el ejercicio fiscal 2018. Este beneficio está limitado a los inscritos al RIF y para las facturas que no excedan los 5 mil pesos.

El complemento de recepción de pagos son los los XML y PDF adicionales a la factura original obligatorio cuando el pago es en parcialidades o hay un pago adicional posterior a la emisión del CFDI.  

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