el Contribuyente

Solución para la imposibilidad de guardar la declaración de personas morales

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Si los contribuyentes abandonan el aplicativo del SAT al hacer la declaración, esta no se guarda, por lo que deben comenzar de nuevo

Las personas morales tienen hasta el 31 de marzo para realizar su declaración anual, pero la fecha límite se extenderá hasta el 3 de abril.

Muchos contribuyentes reportaron que el aplicativo  del SAT para la declaración anual no guarda la información registrada. Pero esto se debe a que, a diferencia de años previos, los cambios realizados en la declaración anual no se conservan más de un día.

De acuerdo con Juan Edgardo Beltrán Ávila, integrante de la Comisión de Desarrollo Fiscal 3 del Colegio de Contadores Públicos de México, en años anteriores, los contribuyentes podían estar capturando su declaración y si no tenían tiempo, o si por alguna razón tenían que dejar de capturarla, se podía guardar la declaración y duraba guardada aproximadamente 30 días.

Pero en entrevista con El Contribuyente, el especialista dijo que actualmente si los contribuyentes están haciendo la declaración y se tienen que salir del aplicativo, no se guarda nada y hay que volver a empezar.

Recomendación ante imposibilidad de guardar cambios

En este contexto, el integrante del Colegio de Contadores Públicos de México expuso las siguientes recomendaciones:

  1. Hacer capturas de pantalla
    Una de las recomendaciones que el Colegio de Contadores Públicos de México está haciendo es que se vayan haciendo capturas de pantalla, y si en algún momento dado se tiene que dejar el registro de la declaración si se llega a dar el caso de que se tengan que salir y volver a entrar, pueden apoyarte de las capturas con lo que se había registrado.
  2. No levantarse hasta terminar
    La otra recomendación es que el contribuyente se siente a hacer su declaración anual y que no se levanté hasta que la termine.
  3. Fijarse en fecha de actualización
    La declaración anual contiene información precargada, y el sistema indica la fecha en la que actualizó los datos por última vez. Así que si los contribuyentes corrigieron o cancelaron algún CFDI después de la fecha de actualización, deben esperar a que el sistema se actualice, para que se vean reflejados los cambios.

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