el Contribuyente

¿Qué debo hacer si no recibí mi aguinaldo antes del 20 de diciembre?

Los empleadores que incumplan con la obligación de dar el aguinaldo tendrán sanciones de 50 a 500 UMAs

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece, en el artículo 87, que los los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

Información de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) indica que, para los empleadores que incumplan con la obligación del aguinaldo, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), para este tipo de infracciones.

La Profedet tambien señaló que los trabajadores que no reciban su aguinaldo antes del 20 de diciembre, tienen un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes.

De acuerdo con Rolando Silva Briceño, integrante de la Comisión Técnica de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México, el aguinaldo es parte de la remuneración de los trabajadores y tienen el derecho a exigirlo.

En entrevista con El Contribuyente, el contador dijo que en caso de que el trabajador no reciba su aguinaldo antes del 20 de diciembre, podría acudir a la Profedet o a los tribunales laborales.

El integrante del Colegio de Contadores Públicos de México, indicó que los trabajadores deben exigir su aguinaldo, en fecha y monto, y es algo a lo que no pueden renunciar.

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