el Contribuyente

Casos en que el uso de cámaras en visitas domiciliarias no está protegido por el secreto fiscal

visitas-domiciliarias-secreto-fiscal

Aunque la propuesta de la Miscelánea Fiscal obliga al personal del SAT a seguir el secreto fiscal, hay algunos casos en los que esto podría cambiar.

Una de las propuestas más controversiales de la Miscelánea Fiscal 2021 incluye reformar el artículo 44 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Actualmente, este numeral habla sobre las visitas domiciliarias del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Entre otras cosas, el artículo dice que los contribuyentes deben permitir el acceso al personal del SAT, y dejar a su disposición la contabilidad y documentos necesarios.

La nueva modificación propone que el personal del fisco pueda hacer uso de herramientas tecnológicas para recabar información. Esto incluye cámaras, grabadoras y celulares para grabar a los contribuyentes durante las visitas.

La propuesta también dice que el personal del SAT estará obligado a guardar absoluta reserva sobre declaraciones, datos suministrados por el contribuyente y sobre la información obtenida en la visita.

¿Qué implica el cambio?

La propuesta en sí contiene cambios en varios artículos del CFF:

¿En qué casos no aplica el secreto fiscal?

El problema es que se pueden desprender varios escenarios del último punto. Como señala Fiscalia, el secreto fiscal no aplicaría en estos supuestos:

Especialistas piden delimitar la propuesta

El principal problema con la propuesta es que podría invadir la privacidad de los contribuyentes. En entrevista con El Economista, Karla Ortiz, integrante de la ANADE, dijo que la medida debe limitarse porque actualmente es muy amplia. Por ejemplo, no dice a qué se puede tomar fotos y video; además, no dice cómo se cuidará la información del contribuyente.

La iniciativa causó revuelo, pues fue señalada por algunos legisladores como un abuso por parte del gobierno. Sin embargo, en entrevista con Reforma, el especialista fiscal Guillermo Mendienta, socio de la firma Mendieta y Asociados, señala que estos medios ya se utilizaban desde hace al menos cinco años.

La diferencia radica en que actualmente esto sólo está regulado por el reglamento interno del SAT, por lo que su inclusión en la ley dotaría a los contribuyentes de más armas para defenderse en caso de que la autoridad se extralimite.

 

Con información de Fiscalia

https://www.fiscalia.com/publicaciones/14570

 

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR:

No es exigible un citatorio previo a la notificación por estrados en caso de personas no localizables


NEWSLETTER

nuestro boletín semanal gratuito

Suscríbete a El Fiscoanalista (novedades y jurisprudencias en materia fiscal y laboral) y nuestro canal de YouTube.

Salir de la versión móvil