el Contribuyente

Conoce los requisitos para contratar servicios u obras especializadas

Consideraciones sobre la definición de servicios especializados

(Imagen: El Contribuyente)

La Prodecon indicó que está prohibida la subcontratación de personal, permitiendo únicamente la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas

Las empresas que presten servicios de subcontratación y que no estén inscritas en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (REPSE) podrán ser sancionadas por el delito de defraudación fiscal.

Lo anterior lo advirtieron la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de un comunicado conjunto.

En este contexto, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) recientemente recordó los requisitos para contratar servicios u obras especializadas.

La Prodecon indicó que está prohibida la subcontratación de personal, permitiendo únicamente la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos. Esto lo establece un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 23 de abril de 2021.

En este contexto, la Procuraduría recientemente recordó que para efectos fiscales, quienes contraten servicios u obras especializadas deberán cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos:

La Prodecon advirtió que de no cumplir con los requisitos establecidos en la legislación vigente, las empresas que contraten servicios u obras especializadas podrían tener como consecuencia la no deducción y/o acreditamiento de los pagos realizados por estas erogaciones y ser sujeto a alguna sanción.

Puedes ver la información que publicó la Prodecon aquí / Fecha de publicación: mayo de 2023.

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