el Contribuyente

¿Te retuvieron ISR aunque ganas el mínimo? La Prodecon te asesora

Los patrones no deben retener impuestos a los trabajadores que ganan el salario mínimo

El artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley del ISR) establece que no se debe efectuar retención a las personas que en el mes únicamente perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente.

Pero con el aumento del salario mínimo para 2023 y la aplicación del subsidio para el empleo, el cálculo que realizan los patrones arroja ISR a pagar de los empleados que ganan el salario mínimo.

Aunque los empleadores no deben retener ISR en ningún caso a los trabajadores que ganan el salario mínimo, el propio SAT ha tenido conocimiento de casos de retención de impuestos por parte de los patrones.

(Imagen: El Contribuyente)

Prodecon alerta

Al respecto, la Procuraduría para la Defensa del Contribuyente (Prodecon) alertó a los empleados a que no permitan la retención de ISR si ganan el salario mínimo general o el mínimo de las zonas fronterizas del país.
En un comunicado, la Prodecon expuso que pueden asesorar a los contribuyentes que sufrieron una retención indebida en sus oficinas, vía internet o por teléfono.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), sólo se pueden hacer cuatro descuentos a quienes ganan el salario mínimo:

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