el Contribuyente

¡Ojo! El SAT podría multarte hasta con 10 mil pesos si no activas el Buzón Tributario

El recurso de revocación debe presentarse por el buzón tributario o se considerará no interpuesto

(Imagen: El Contribuyente)

Las sanciones económicas por no tener habilitado el Buzón Tributario van desde los 3 mil hasta los 10 mil pesos.

Una de las obligaciones fiscales que tienen las personas físicas o morales es la de habilitar su Buzón Tributario, de lo contrario, pueden ser multados por incumplimiento hasta con 10 mil pesos, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El Artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF), establece la obligación de habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los datos de contacto.

Cabe resaltar que el Buzón Tributario inició para personas morales desde julio de 2014 y para personas físicas desde enero de 2015, y desde el 2020 es considerado obligatorio.

Las personas que no habiliten su buzón pueden ser acreedoras a multas que van desde 3 mil 80 hasta 9 mil 250 pesos, de acuerdo con lo establecido con el Artículo 86-D del CFF.

¿Cómo habilitar el Buzón Tributario?

Si aún no lo tienes habilitado, estos son los pasos para hacerlo:

1. Inicia sesión con contraseña o e.firma dando clic en el botón Buzón Tributario, ubicado en la esquina superior derecha del portal del SAT.

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2. Da clic a “Configuración” ubicado en el Menú de accesos rápidos.

3. Posteriormente aparecerá de forma automática el formulario de medios de contacto en el cual deberás capturar la(s) dirección(es) de correo electrónico y el número de teléfono celular que desees registrar.

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