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El SAT cancelará sellos digitales por discrepancia fiscal

El SAT cancelará sellos digitales por discrepancia fiscal

Algunas modificaciones de la Miscelánea Fiscal 2020 le permiten al SAT cancelar sellos digitales por discrepancia fiscal y otros supuestos.

A finales del año pasado se aprobó la Miscelánea Fiscal 2020 que establece un nuevo procedimiento previo a la cancelación del sello digital. El nuevo procedimiento se establecerá con la incorporación del artículo 17-H Bis al Código Fiscal de la Federación (CFF). Con esta medida, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá restringir temporalmente el uso de los certificados de sello digital.

Por esto podrán cancelar los sellos digitales

Los nuevos casos en los que se podría cancelar certificados de sellos digitales son:

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En cualquiera de estos casos, el contribuyente podrá corregir los datos o aportar nuevos a través de una aclaración. En esos casos, el SAT dará un plazo de 10 días para la aclaración. Después del plazo, se dará la resolución final de la autoridad sobre si cancelan o no los sellos digitales.

Por todos estos cambios, algunos especialistas recomiendan involucrarse más en los temas fiscales. Esto implica revisar las declaraciones de impuestos y supervisar a los propios contadores para evitar errores.

Aquí puedes leer más sobre el procedimiento para cancelar los sellos digitales.

 


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