el Contribuyente

Nuevas reglas antilavado: identificación más estricta, avisos urgentes y auditorías obligatorias

Con la reforma a la Ley Antilavado, las obligaciones para quienes realizan actividades vulnerables se multiplican. Cambios en identificación, avisos urgentes, políticas internas y auditorías están entre las principales novedades

Tras la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), quienes realizan actividades vulnerables enfrentan nuevas obligaciones legales. Los cambios, enfocados en reforzar controles y documentación, ya fueron publicados y algunos ya están en vigor.

Uno de los puntos clave es la modificación del artículo 18, que ahora detalla más responsabilidades para quienes deben reportar operaciones con posibles riesgos de lavado de dinero.

Principales cambios en la ley

Los ajustes incluyen desde una mayor precisión al identificar clientes hasta nuevas exigencias de monitoreo y auditoría. Algunos de los cambios más relevantes son:

Nuevas obligaciones con entrada en vigor pendiente

Cinco nuevas fracciones del artículo 18 aún no entran en vigor, ya que están sujetas a reglas generales que deben publicarse dentro de los próximos doce meses. Sin embargo, ya se sabe qué tipo de acciones se deberán implementar:

¿Qué hacer desde ahora?

Aunque algunas reglas todavía no están en vigor, hay acciones inmediatas que deben tomarse:

Quienes realicen actividades vulnerables deben revisar estos cambios a fondo y adaptar sus procesos cuanto antes. Algunos ajustes ya son obligatorios, y otros lo serán tan pronto se publiquen las reglas generales correspondientes.

 

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