el Contribuyente

Chamanes y curanderos pueden facturar, pero eso no es algo nuevo

La inclusión de estas actividades no es algo nuevo ni reciente, porque se contemplaron desde el primer catálogo del SAT dado a conocer en 2017

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede obligar a chamanes, hechiceros y curanderos a facturar.

Lo anterior es posible porque la autoridad fiscal tiene incluidos los servicios de curanderos, hechiceros y chamanes en el catálogo de servicios del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

De acuerdo con información que circula en internet, los servicios de curanderos, hechiceros y chamanes recientemente fueron agregados a los catálogos del CFDI.

Sin embargo, la consultora Fiscalia indica que estas actividades fueron incluidas en este catálogo desde que inició la facturación electrónica.

En el artículo se aclara que la inclusión de estas actividades no es algo nuevo ni reciente, porque se contemplaron desde el primer catálogo del SAT dado a conocer el 10 de agosto de 2017. Hace exactamente 6 años.

Fiscalia explicó que el catálogo, que incluye más de 52,000 elementos, fue tomado de un catálogo estandarizado internacional. Pero el catálogo no era precisamente para fines de comercio, pues incluía elementos que, al paso de los meses, fueron eliminándose por ser actividades ilegales o que no son objeto de comercio como las siguientes, por mencionar sólo algunas:

En su momento, la eliminación de estos conceptos generó alboroto, memes y burlas en las redes, por ser conceptos considerados absurdos y fuera de lugar en un catálogo de índole comercial.

Por eso, Fiscalia considera que todavía se pueden encontrar elementos que saltan a la vista o generan suspicacia, pero señala que es importante saber que no se trata de alguna “nueva” estrategia o campaña de fiscalización de la autoridad fiscal.

Así que los chamanes, hechiceros y curanderos pueden facturar sus servicios, pero eso no es algo nuevo.

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