el Contribuyente

La declaración anual se considera presentada hasta que se le paga al SAT

¿Existen riesgos si modifico la declaración prellenada del SAT?

(Imagen: El Contribuyente)

Especialistas advierten que no basta con enviar la declaración, hay que pagar el impuesto que resulte

Las personas físicas que presentan su declaración anual y obtienen un monto a pagar de impuesto sobre la tenta (ISR), tienen que elegir la opción y forma de pago para evitar multas de la autoridad.

Es importante recordar que cuando se genera esta determinación de ISR en contra, la declaración se considera presentada hasta el momento en el que se paga el monto resultante. Es decir, no basta con enviar la declaración, hay que pagar el impuesto que resulte.

Por eso, la declaración anual se considerará presentada hasta que:

Parcialidades

En un artículo, especialistas explicaron a Reforma que si los contribuyentes optan por el pago en parcialidades, deben saber que el SAT les cobrará un interés dependiendo del plazo que elijan. En este caso, la autoridad fiscal emitirá las líneas de captura y montos de cada parcialidad a cubrir. Cada documento indicará el número de parcialidad y la fecha de vigencia respectiva.

Además, indicó que el pago se podrá efectuar hasta en seis parcialidades, mensuales y sucesivas, siempre que la declaración se presente con fecha límite del 2 de mayo de 2023 y, que el pago de la primera parcialidad, se realice dentro de dicho plazo. Esta opción quedará deshabilitada en el servicio de Declaraciones y pagos, una vez vencido el plazo antes referido.

Formas de pago

Ya sea para el pago total o en parcialidades existen tres opciones:

– Con información de Reforma.

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