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¿Cómo se demuestra la materialidad ante el SAT?

El SAT puede rechazar deducciones por falta de materialidad, sin citar el 69-B del CFF

(Imagen: El Contribuyente)

La materialidad es el conjunto de elementos objetivos, soportes documentales, tanto públicos cómo privados, mediante los cuales se puede demostrar que las operaciones facturadas

Para tratar de eliminar la simulación de actos que vayan en detrimento de la recaudación de contribuciones, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede solicitar la materialidad, entre otros requisitos.

De acuerdo con un análisis elaborado por Marcial Cavazos Ortiz, integrante de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), para fines fiscales, la materialidad es el conjunto de elementos objetivos, soportes documentales, tanto públicos cómo privados, mediante los cuales se puede demostrar que las operaciones registradas en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) son reales y que se llevaron a cabo.

¿Cómo se demuestra la materialidad ante el SAT?

Para contar con documentación que dé sustento sólido a las operaciones, el especialista recomendó atender a lo establecido en diversas fuentes, como las siguientes:

Además de lo anterior, que es obligatorio, Cavazos Ortiz también considera que es importante conservar todos los elementos que puedan constituirse en una prueba como los siguientes:

Para la contratación de proveedores, el integrante del IMCP también indicó que es conveniente contar con su opinión de cumplimiento de obligaciones, tanto fiscales como de seguridad social.

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