el Contribuyente

¿El SAT puede revisar los conceptos de transferencias bancarias?

Transferencias bancarias o SPEI

Imagen: shutterstock

El SAT podría comenzar una investigación de las cuentas bancarias si el concepto de las transferencias incluyen palabras que se pueden relacionar con actividades ilícitas.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe asegurarse de que las transferencias electrónicas que realizan o reciben los contribuyentes en sus cuentas bancarias no generan impuestos, por lo tanto, pone especial atención en los conceptos de dichas operaciones.

El concepto de pago es el apartado opcional que aparece al momento de hacer una transferencia interbancaria, su finalidad es dar información al destinatario para que comprenda a qué se debe el importe ingresado.

De acuerdo con especialistas, el SAT puede comenzar una investigación de las cuentas bancarias si el concepto de las transferencias incluyen palabras que se pueden relacionar con actividades ilícitas. Por ejemplo, el uso de palabras que hacen referencia a la prostitución, sustancias no legales, alcohol, armas o algún delito como robo o relacionado con el crimen organizado.

“El SAT ve cantidades fuertes de 100 mil, 200 mil pesos, así que si juega con los conceptos de transferencias de cantidades grandes, sí es probable que el SAT lo vea y ahí sí puede que investiguen” dijo Iván Juárez en entrevista con El Informador.

Recomendaciones

Lo más recomendable es que al momento de hacer una transferencia bancaria utilices conceptos como los siguientes: ahorro, abono, pago 1 de 2, préstamo, etc. Este tipo de conceptos deberás utilizarse según la situación, es decir el pago del préstamo que te haga un amigo, por ejemplo.

Cabe resaltar que si el SAT identifica que alguno de los conceptos que se usaron al hacer una transferencia bancarias no cuadra con tu actividad profesional registrada, podría llamarte o citarte para que explique de qué se trata, de acuerdo con el especialista.

La autoridad fiscal puede considerar como ingresos acumulables y valor de actos o actividades omitidos los depósitos efectuados a tus cuentas bancarias que no estén registradas en tu contabilidad, señala el artículo 59 del CFF, fracción III.

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Además, el SAT puede confundir y considerar las transferencias entre cuentas bancarias propias como un incremento a tus ingresos, ya que no causa impuestos. Por ello, la ley establece que el contribuyente está obligado a llevar un registro y una contabilidad entre los ingresos que declara y los depósitos que recibe en sus estados de cuenta bancarios.

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