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Autoridades fiscales ya no harán notificaciones por instructivos

Autoridades fiscales ya no harán notificaciones por instructivos

Las nuevas disposiciones fiscales para 2020 eliminaron por completo las notificaciones por instructivos.

El artículo 134 del Código Fiscal de la Federación enumera los distintos tipos de notificaciones de las autoridades fiscales. La característica más importante de las notificaciones es que marcan el inicio del cómputo de los plazos, así que se deben tener un cuenta.

En los cambios fiscales de 2020 se eliminaron las notificaciones por instructivos. Básicamente, se trataba de una notificación para actos recurribles. Para que se dieran, debía haberse ordenado una notificación personal en primer lugar. Cuando no se encontrara al contribuyente en la notificación personal, se daba la notificación por instructivo.

Se trataba de un documento que se colocaba en un lugar visible del domicilio del contribuyente. Al pegar el instructivo, daba inicio el cómputo del plazo.

Esta manera de notificar fue derogada del CFF para 2020. Pero antes de esto, la figura no se utilizaba porque las autoridades solamente usaban el buzón tributario. De ahora en adelante, este será el medio de comunicación principal entre contribuyentes y autoridades. Aquí pues leer más sobre cómo habilitarlo para evitar multas.

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